El Juzgado Electoral de la Capital hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad de habeas data que fue promovida días atrás por las precandidatas a la senaduría por el movimiento Honor Colorado rumbo a las elecciones internas partidarias del 18 de diciembre del presente año, consistente en sus exclusiones del padrón de la Concertación opositora.
La nota fue presentada ante la jueza María del Carmen Nováis, perteneciente al Juzgado Electoral de Segundo Turno, ante la “ilegítima decisión” del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) de incluir sin previo consentimiento dentro del padrón.
Las dirigentes coloradas también habían afirmado que la situación las exponía incluso en la comisión de un delito electoral que es el doble voto que tiene pena de cárcel de 3 años debido a que el partido en que militan no podrá ejercer el control de la votación de la Concertación opositora, para las internas como garantía de transparencia en toda elección, permanentemente invocada por la Justicia Electoral como base del éxito del sistema electoral paraguayo.
“Esto es una victoria colorada. El Ministerio Público y el Juzgado Electoral de la Capital enmendaron la ilegítima del TSJE y la Concertación, ordenando la exclusión de nuestros nombres y datos del padrón de la Concertación. Se cometió un abuso contra los electores afiliados al Partido Colorado al haberlos incluido clandestinamente”, mencionó María Teresa Peralta.
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La acción fue promovida por Peralta, Alicia Pucheta, Lea Giménez, Del Pilar Medina, Claudia de las Nieves Aveiro, Rosa Bella Cáceres Mongelós y Regina Lizarella Valiente Cabrera, por derecho propio y bajo patrocinio del abogado Gustavo Adolfo Valinotti Gauto.
En la decisión de la instancia electoral se argumenta que las coloradas “se sienten agraviadas porque violan sus derechos políticos, a la libertad, derecho a la libre asociación y al sufragio, todo de rango constitucional y sobre todo su voluntad de integrarla para pertenecer a ella y participar en las elecciones”.
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