La Municipalidad de Capiatá eliminó una propaganda electoral y sancionó con una multa de 10 jornales mínimos al precandidato a gobernador de Central, el diputado Édgar Acosta. El caso está a cargo del Juzgado Electoral de Central, con el juez Modesto Núñez.

“Nosotros habíamos enviado notas a todas las municipalidades para que se elimine la propaganda electoral extemporánea y que se sancione a los responsables porque cada municipalidad tiene una ordenanza que regula la propaganda electoral en la vía pública”, explicó Núñez en una entrevista con La Nación. El magistrado refirió que es la primera vez en Central que al menos se tenga conocimiento, que se aplica una multa por parte de una municipalidad por propaganda electoral extemporánea.

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El artículo 290 de la Ley Nº 834/96 y el cronograma electoral para las elecciones nacionales del 2023 establecen las fechas del periodo indicado para la difusión de propaganda electoral tanto en la vía pública, así como a través de los medios masivos de comunicación. El plazo comprende desde el 16 de noviembre hasta el 15 de diciembre. “Cada municipalidad establece las sanciones; en el caso de Capiatá, esto corresponde una falta grave y la sanción de 10 jornales es lo que ellos consideran aplicar”, puntualizó.

Según la notificación, el diputado Édgar Acosta tiene un plazo de tres días para pagar la multa. El juez electoral explicó que el parlamentario puede plantear un recurso de reconsideración. “Puede plantear y se estudiará; no obstante, la Municipalidad de Capiatá tiene la forma de cobrar compulsivamente a través de una acción judicial, puede reclamar el pago de esa multa, cuando la municipalidad aplica una multa y no se paga, puede plantear una acción judicial”, concluyó.

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Notificación remitida al juez electoral Modesto Núñez sobre la sanción impartida contra el diputado Édgar Acosta. Foto: Gentileza.


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