El proyecto de ley impulsado por los legisladores Jorge A. Mariño y Derlis Maidana, “Que modifica los artículos 20 y 21 de la Ley N.º 4.013/2010 ‘Que reglamenta el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia al Servicio Militar Obligatorio y establece el servicio sustitutivo al mismo, en beneficio de la población civil’” será nuevamente analizado por la Cámara de Diputados.
Esta iniciativa ya había sido aprobada en la Cámara Baja, pero fue rechazada en Senadores, motivo por el cual el documento regresó a su cámara de origen, ahora ya se encuentra en su tercer trámite constitucional, y en su estudio tendrán la potestad de aceptar el rechazo del Senado, o en todo caso, ratificarse en su postura inicial.
Actualmente los jóvenes inscriptos como objetores de conciencia tienen tres opciones para acceder al carnet de objetor de conciencia al Servicio Militar Obligatorio (SMO), la primera es realizar un servicio sustitutivo; la segunda abonar una multa de 400.000 guaraníes, y la tercera es no hacer el servicio social y declararse insolvente para no pagar la multa.
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Los proyectistas de la ley que modificaría los artículos 20 y 21 de la ley N.º 4.013/2010 sostuvieron en su exposición que la idea es establecer reglas claras que contribuyan a que los jóvenes sean conscientes de que la democracia se trata de asumir derechos y obligaciones, asegurando que actualmente los jóvenes no cumplen el servicio militar, ni con las obligaciones estipuladas que establece la objeción de conciencia, y que ni siquiera se presentan para tramitar el certificado de insolvencia.
La propuesta consiste en la inclusión, dentro del Art. 20, una adenda en donde se obligue a todos los varones de 18 años de edad, a contar, indistintamente, o con un carné o certificación de cumplimiento de la objeción de conciencia, además de la constancia de pago de la contribución establecida en la ley; certificación de insolvencia o constancia de exoneración para la realización de determinados trámites públicos.
Por otro lado, la modificación del Art. 21 prevé la creación de un fondo con las contribuciones de los jóvenes que optan por el pago de una multa equivalente a cinco jornales mínimos para actividades diversas no especificadas.
Dentro de la propuesta se encuentra especificado lo que sigue: “Los fondos de la contribución percibidos se destinarán al financiamiento de las políticas públicas de objeción de conciencia, y a acciones sociales en el ámbito de la niñez y adolescencia en situación de pobreza dentro del presupuesto de la Defensoría del Pueblo”.
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