La abogada Marlene Orué, apoderada del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) aclaró que es inapelable la resolución del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) que resolvió la inaplicabilidad del uso del padrón nacional en las internas liberales del próximo 18 de diciembre. Aseguró que la disposición electoral es irrecurrible.

“La resolución del TSJE es para nosotros un despropósito, pero es la máxima instancia. Hay que acatarla”, sostuvo al mencionar que se trata de una resolución del máximo organismo electoral. Insistió que no hay otra instancia donde recurrir, pero lamentó la decisión de la Justicia Electoral. “No se puede recurrir pero no entendemos en qué puede causar agravio que utilicemos el padrón ampliado”, afirmó en declaraciones a la 780 AM.

La profesional cuestionó que referentes de otros partidos como el Encuentro Nacional se hayan inmiscuido en las internas liberales. “Lo que no entendemos es qué le agravia a Kattya González que nosotros tengamos un padrón ampliado, ellos tienen su interna aparte, no les perjudica”, sentenció. Se quejó también que “hay otros partidos más pequeños que hacen sus internas a padrón abierto”.

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Prohibición

El Tribunal Superior de Justicia Electoral resolvió denegar el uso del padrón nacional en las internas liberales, por lo que el Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) deberá limitarse a la lista de sus afiliados para los comicios del 18 de diciembre.

Es así que la máxima autoridad electoral dispuso la inaplicabilidad del artículo 1 de la Resolución del Tribunal Electoral Independiente Nº 75/2022 del PLRA, que pretendía acceder al padrón nacional para elegir candidaturas legislativas; alegando que no se ajusta al derecho de conformidad de los fundamentos expuestos por los ministros del TSJE, mediante Resolución TSJE Nº 62/2022.

“La justicia electoral solo puede recibir, para la certificación correspondiente, padrones que son confeccionados por los partidos políticos sobre la base de su registro de afiliados”, refiere el documento divulgado el día de ayer viernes por las autoridades del TSJE, destacando a su vez que las personas deben de estar afiliadas libremente dentro de los partidos políticos.

Igualmente se aclara en el escrito que pretender utilizar el registro cívico permanente o el padrón de otra organización política en unas elecciones internas en la cuales se elegirán candidaturas propias, es decir, no concertadas, va en contra de los principios y normas tanto constitucionales como legales volviendo improcedente por carácter de validez jurídica el pedido del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA).

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