Las últimas elecciones municipales del país fueron postergadas debido a la pandemia del COVID-19 y el aislamiento de la población y los protocolos sanitarios establecidos por el gobierno. Estas medidas hicieron que el último periodo municipal se extienda a 6 años, y el nuevo periodo quede solo en 4 años de mandato tanto de los intendentes como de los miembros de las Juntas Municipales.

Sin embargo, en la Cámara de Diputados fue presentado el proyecto de ley para ampliar el nuevo periodo en 5 años, como correspondería, de no haberse retrasado las elecciones municipales del 2020 y terminó por realizarse en el 2021. El proyecto de ley “que amplia por un año el periodo de mandato de las autoridades municipales electas en los comicios del año 2021″, con la intención que el presente periodo municipal se extienda hasta el 2026 fue firmado por 28 legisladores de la Cámara Baja. El periodo 2015-2020 fue prolongado hasta el 2021 por la Ley N° 6547/2020.

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Los proyectistas argumentaron en el documento que existe una desigualdad en este periodo de administración, en comparación a los demás periodos, ya que el anterior se extendió por 6 años. “Es así, que existe una desigualdad perjudicial al equilibrio democrático del tiempo de duración del mandato entre uno y otro periodo de autoridades municipales, dejando a los actuales con un periodo más corto, que traerá posibles incumplimientos en la conclusión de los proyectos a ejecutarse en los municipios”, señala parte del proyecto.

El documento cita además el artículo 250 del Código Electoral, prevé que las autoridades municipales cumplan con el periodo de cinco años. “Las autoridades de la Junta Municipal serán electas mediante comicios que se realizarán en el distrito electoral correspondiente a cada municipio en base a listas de candidatos que contemplen la totalidad de los cargos a elegir e integrada por el sistema proporcional establecido en este código y durarán cinco años en sus funciones”, indica el artículo en cuestión, incluido como uno de los fundamentos.

Artículo 253 del Código Electoral

También se cita el artículo 253 del Código Electoral, el cual menciona que “los intendentes serán electos por mayoría simple de votos de los electores inscriptos en el padrón del distrito respectivo y durarán cinco años en sus funciones”.

“El proceso comicial municipal del 2021, se basó en que el siguiente periodo de mandato sería por solo 4 años, es decir, 2021/2025, regla a la cual, si bien, se sujetaron los actores electorales activos y pasivos, no obstante, la misma representa una notoria desigualdad democrática y violación de varios principios electorales y que cuenta, incluso, con precedentes judiciales y legislativos en ese sentido, por tanto, corresponde su rectificación, para ajustarse al Código Electoral Paraguayo”, expresa el documento.

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