Finalmente, el Poder Ejecutivo vetó totalmente la ley “Que modifica el artículo 332 de la Ley 834/96, que establece el Código Electoral paraguayo”, conocida como la de “la muerte civil” para aquellas personas que no usufructúen su derecho al voto.

Recordemos que la mencionada legislación estipula multas por no sufragar, así como las suspensiones de trámites administrativos en Tributación, Registro Automotor, municipalidades, entre otras cuestiones, y el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional tendría la facultad para cobrar la multa prevista en el artículo 332 del Código Electoral a aquellos electores que no acudan a votar.

El monto de la multa por no votar consistiría en medio jornal diario; un total de G. 49.044, tanto este punto como el de la suspensión de trámites fueron los que más molestó a la ciudadanía en su momento, ya que a pesar de ser un deber cívico, sufragar no podía ser obligatorio y menos por temor a algún tipo de sanción.

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En su momento, varios parlamentarios también criticaron el proyecto y lo tacharon como una iniciativa inaplicable, cuestionando que en lo que se debía de trabajar era en incentivar a los ciudadanos a ir a votar, pero a través de propuestas y candidatos que cuenten con un aporte real para el país y que resulten interesantes.

El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, manifestó que la ley sanciona de manera muy fuerte al elector y que lo que se buscará de ahora en adelante es un proyecto de ley cuya naturaleza sea incentivar al voto y que los que vayan a sufragar lo hagan de manera libre y sintiendo responsabilidad civil más que una obligación.

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