El análisis del proyecto de ley que modifica el Código Electoral para posibilitar la incorporación como electores a personas con discapacidad figura entre los 17 puntos del orden del día de la sesión ordinaria de Diputados fijada para este miércoles 3 de agosto. Sobre el punto existen dos dictámenes favorables: de la Comisión de Asuntos Constitucionales, al que se suma el de la Comisión de Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad emitido este lunes.
Se trata del proyecto de ley “Que modifica los artículos 91, 207, 217 de la Ley Nº 834/96 que establece el Código Electoral Paraguayo”. La idea apunta a establecer un nuevo marco legal que permita que las personas sordomudas tengan la oportunidad de ser electores si así lo desean. Esto, teniendo en cuenta que Paraguay es el único país de la región que continúa con esta inhibición, conforme argumentan los proyectistas.
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Los impulsores del proyecto de ley explicaron que es necesario promover el derecho y oportunidad de participar en los asuntos públicos de las personas con discapacidad. Así también, la necesidad de implementar medidas que estén en línea con recomendaciones hechas por misiones de observación electoral y convenciones sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Básicamente se sugiere, en el art. 91 del Código Electoral, modificar el apartado donde se establece quiénes no pueden ser electores. Así, se suprime de la lista las personas sordomudas; en el Art. 207, por otro lado, se introduce como sujetos de preferencia en las mesas de votación a las personas con discapacidad.
Por último, se amplía el Art. 217 para que las personas que por defecto físico estén impedidas de marcar los boletines e introducirlos en la urna podrán servirse para estas operaciones de una persona de su confianza, detalla un informe del Departamento de Comunicaciones de la Cámara Baja.
Otro controvertido tema
Por otro lado, los diputados analizarán el polémico proyecto por el cual se determina que el Congreso Nacional pase a administrar las plazas ubicadas en las inmediaciones de la sede legislativa. De acuerdo con el texto legislativo, se concederá al Congreso Nacional, por el término de 20 años, la administración de las plazas: De Armas; Juan de Salazar; Constitución; De la Independencia y de la Plaza del Congreso, pertenecientes a la Municipalidad de Asunción.
Esto, sin afectar el carácter de dominio público. Para ello se deroga el artículo 2 de la Ley Nº 6.284/2019 “Que declara patrimonio histórico nacional las plazas: Independencia, Juan de Salazar y la de Armas de la ciudad de Asunción”.