En conversación con el programa “Show de noticias”, del canal GEN, el abogado penalista Jorge Vasconcellos dio su punto de vista ante la sanción que será impartida a los ciudadanos que no acudan a ejercer el derecho al voto.
El mismo explicó que quizá se tomó el modelo del sistema electoral de Corea del Norte, donde la participación electoral es del 99.9%, fundamentando la medida en la lectura literal del artículo 128 de la Constitución Nacional, que consagra el sufragio como un derecho y deber de función pública del elector.
Sin embargo, puntualizó que el término “deber” es empleado más con una connotación moral que como una de obligatoriedad jurídica; olvidando así que el derecho al voto no puede implicar coacción para ningún ciudadano.
Te puede interesar: Muerte civil a electores: “Es un proyecto inaplicable”, advierte Bachi Núñez
“No nos interesa mejorar el sistema electoral, no nos interesa brindarle ese primer aspecto que el artículo 128 de la Constitución Nacional consagra, que es el derecho fundamental y esencial del ciudadano a que se exprese a través de las urnas”, manifestó el letrado.
Por otra parte, reconoció que en nuestro país está arraigado el criterio de que todo lo que tocamos se debe convertir en obligación y nos olvidamos que es obligación del Estado garantizar el acceso al voto de todos los ciudadanos.
Presos sin condena no acceden al voto
Dentro del derecho que tienen los ciudadanos, también manifestó que actualmente el 70% de la población penitenciaria que no cuenta con condena no accede a sufragar porque el propio Estado no garantiza este derecho, previendo que las urnas electorales también lleguen hasta los puntos de reclusión.
Vasconcellos cuestionó si en estos casos también aplicarían las multas y sanciones a los aproximadamente 11.200 presos, calificando de absurda la normativa que se quiere llevar adelante.
Lea también “Debemos trabajar en construir institucionalidad”, dice Soledad Villagra
Aclaró que el derecho al voto nace como eso, como un derecho del ciudadano frente al Estado, no una obligación impuesta por el mismo. Comentó que de aproximadamente 195 países que son reconocidos como tales por las Naciones Unidas, apenas el 10% tiene una norma que impone la obligatoriedad del voto y que nosotros vergonzosamente nos encontramos dentro de ese porcentaje.
Aseguró que lo más sensato es tomar como modelo a países de sistemas democráticos desarrollados, de repúblicas consolidadas, ya que ninguno con esas características obliga a sus ciudadanos a emitir su opinión electoral.