La Justicia Electoral recordó este martes que el plazo para el reconocimiento de partidos y movimientos políticos concluirá el sábado 11 de junio próximo, en el marco del cronograma electoral establecido con miras a las elecciones nacionales y departamentales del 30 de abril del 2023.
Esa es la fecha límite dispuesta por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), a través de su Resolución Nº108/2021. Además, la Ley Nº 834/96, del Código Electoral, Art. 21, refiere que luego de las tareas preparatorias por parte de los propiciadores y a los efectos de reconocimiento, el partido político en formación debió presentar hasta el 2 de marzo pasado ante el Tribunal Electoral competente y, por intermedio de sus representantes, la solicitud de reconocimiento con datos descriptos en el referido artículo, según informó la Justicia Electoral.
Recordó también que la Dirección de Partidos y Movimientos Políticos del TSJE cuenta con asesores y capacitadores que, de forma gratuita, acompañan los diversos procesos de reconocimiento para el cumplimiento en tiempo y forma.
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“La tarea de acompañamiento es uno de los objetivos principales de la Dirección, que consiste en dar apoyo ante las necesidades y dudas que presente cada agrupación política. Así también, brindar asistencia y orientación en los procesos de trabajo con los partidos políticos en tiempos no electorales”, destacó la referida fuente.
Tras la finalización de esos trámites, el Tribunal Electoral de la circunscripción competente dispondrá la publicación de edictos por tres días consecutivos en dos diarios de circulación nacional y cumplido dicho término, se pondrá de manifiesto por 30 días, a efectos de si alguna organización política reconocida se sienta agraviada por el referido pedido de reconocimiento.
El edicto contendrá una síntesis de lo exigido en el artículo 21 de la ley electoral. De no presentarse oposición al reconocimiento, el Tribunal Electoral correspondiente dictará resolución de reconocimiento, cuyo plazo fenece el próximo 11 de junio de este año.
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