Los integrantes del Consejo de la Magistratura defendieron nuevamente la legitimidad de las ternas conformadas para los cargos vacantes de ministros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) y afirman que las nóminas fueron conformadas fuera de los criterios políticos, esto teniendo en cuenta que una terna de aspirantes se encuentra integrada por 2 candidatos que cuentan con el apoyo de sectores de la oposición que reclaman cupos dentro del órgano electoral.

“Obligatoriamente el Consejo de la Magistratura debe prescindir de esas consideraciones (respecto a tener en cuenta las extracciones políticas). El Consejo está concebido para poder seleccionar ternas y elevar al Senado o la Corte Suprema de Justicia prescindiendo de cualquier injerencia a gente extraña que no se fundamente en los criterios de notoria honorabilidad, de idoneidad, méritos y las actitudes académicas”, sostuvo el titular del órgano extrapoder, Óscar Paciello.

Las declaraciones de Paciello fueron realizadas ante los cuestionamientos por parte de los sectores políticos, principalmente de la oposición en rechazar que la primera terna haya sido integrada por 2 de los mejores puntuados César Rossel, de extracción liberal, y Emilio Camacho, quien mantiene una simpatía con el bloque del Frente Guasu (FG), grupo político que alega ser el tercer espacio.

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Los representantes de ambos sectores afirman que existe una injerencia política y que la decisión del Consejo de la Magistratura de remitir a Rossel y Camacho en la misma nómina de ternados terminará por atentar contra el denominado “pacto de gobernabilidad” al quedar uno de ellos rechazados.

“Nosotros tenemos que cumplir la Constitución Nacional y nos obliga a prescindir de criterios políticos, si no no tendría razón de ser el Consejo de la Magistratura, se debe tener en cuenta estos detalles. Acá todos los candidatos para ministros estaban a un pie de igualdad al superar el 70%”, mencionó.

En ese sentido, el titular de la institución continuó afirmando que “en ninguno de los hechos evaluados a los 34 postulantes originales y 17 finales objetos de la evaluación integral el Consejo ha atendido filiación política, afinidad política o cuestiones similares porque no consta en los legajos tal posibilidad y mucho menos en las discusiones que hemos realizado”.

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Al respecto, incluso Paciello fue contundente en sostener que de acuerdo a su criterio que entre los 6 ternados existe una mayoría que no responde a determinados partidos políticos. “Tenemos prohibido cuando nos dicen que nosotros no hemos atendido acuerdos políticos, acá no hubo ninguno, tenemos prohibido celebrar acuerdos políticos para la conformación de ternas. Tanto las discusiones políticas y los acuerdos deben verificarse en el escenario correspondiente”, dijo.

Por otra parte, mencionó que el Consejo de la Magistratura “no se prestará a los juegos de intereses” por parte de los senadores y reiteró que desde la institución se actuó conforme a las leyes, reglamento interno y mandato constitucional.

“Reconocemos el derecho de otros estamentos a manifestarse conformes a su criterio y pretensiones, el consejo no puede prestarse a ese juego de intereses, nosotros hemos actuado conforme a la ley y de nuestro propio reglamento y por encima de todo ello el mandato constitucional de desenvolvernos de forma independiente para la selección de los más idóneos”, puntualizó.

Caso Gustavo López Benítez

Por otra parte, justificó la inclusión del abogado Gustavo López Benítez como integrante de una de las ternas para pugnar por el cargo de ministro del TSJE, sosteniendo que se cometió una equivocación al rechazar sus primeros pedidos de reconsideración. Agregó que la institución se exponía a un reclamo judicial. La incorporación del letrado también es cuestionada por los opositores.

“Puede ser un desliz en el control de documentos, pero estábamos obligados, ante el conocimiento de la situación a rectificar lo sucedido”, mencionó al sostener que si persistía en la situación se habría truncado todo el proceso de conformación de las ternas, al no aplicársele los 5 puntos referente a la antigüedad del ejercicio de la docencia.

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