El abogado constitucionalista Emilio Camacho, ternado para el cargo vacante de ministro del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), afirmó que la Cámara de Senadores sí cuenta con la potestad de rechazar o devolver la nómina de candidatos al Consejo de la Magistratura (CM). Agregó que es necesario que la Cámara Alta mantenga el criterio sobre el recíproco control dentro del ente electoral en el momento de emitir un posicionamiento.
“La Constitución establece claramente el principio de la pluralidad, independencia y recíproco control para los temas electorales, por lo tanto todos esperamos que se cumpla”, indicó. Las afirmaciones del profesional del derecho surgen ante las denuncias por parte del sector de la oposición y del oficialismo colorado, sobre una supuesta injerencia política en la conformación de la nómina de candidatos.
Por otra parte, el abogado rechazó las afirmaciones realizadas por algunos senadores como el colorado Juan Darío Monges y los del Frente Guasu (FG), Hugo Richer y Sixto Pereira, quienes argumentaron que solo se puede dar una “devolución tácita” de las ternas. Camacho fue ternado junto con César Rossel y Adrián Urbieta.
“Desde luego ya hay antecedentes, así como el Consejo de la Magistratura incluye a quienes considera convenientes para ternar, el Senado puede aceptar, rechazar o devolver, lo mismo pasa con el Poder Ejecutivo, en todos los casos hay antecedentes”, dijo en comunicación con la radio 1020 AM.
Lea también: Investigan a 424 policías por presunta mala utilización de tarjetas de combustible
Al respecto, Monges había sostenido que no es razonable devolver la lista de candidatos al organismo extrapoder rechazando también las acusaciones de una supuesta injerencia del cartismo en conformar la terna alegando que no existen postulantes con extracción colorada. “En todo caso acá los ternados no deben reunir los requisitos para ser designados, entonces lo que implicaría es una devolución tácita, es inviable decir solo que no nos gusta la terna”, refirió.
Mientras que el izquierdista Richer comentó que en la Constitución Nacional no se contempla la figura de la devolución o el rechazó de ternas. “Si nosotros remitimos de vuelta la lista en mi interpretación el Consejo puede trabajar sobre la misma terna y si se rechaza tiene que llamar a una nueva convocatoria, pero al no existir votos para los ternados, terminará cayendo”, manifestó.
Te puede interesar: Integrante de la terna para el TSJE asegura que no tiene dependencia política