El pleno de la Cámara de Senadores finalmente postergó por ocho días el proyecto de ley “por el cual se exceptúa a toda persona jurídica dedicada a la comercialización de hidrocarburos para la provisión de los combustibles y biocombustibles del cumplimiento de las disposiciones previstas en las leyes Nº 2.051/2003 y Nº 6.355/2019 y sus modificatorias”.
La iniciativa fue incluida sobre tablas en el punto tres del orden del día de la sesión ordinaria de este jueves; sin embargo, al no tener dictamen de las comisiones asesoras, el senador Enrique Bacchetta planteó que el tratamiento sea derivado a las comisiones para un mejor análisis.
“¿Cuál es el apuro?, que vaya a comisiones y que venga el jueves que viene. Este es un tema delicado, hay que masticar, estudiar, yo quiero saber exactamente el motivo y conocer bien a profundidad para no equivocarme, yo por lo menos”, señaló Enrique Bacchetta al momento del tratamiento de este proyecto.
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Así mismo, el senador refirió que se trata de un proyecto delicado que amerita ser bien analizado para ser tratado. “Que vaya a comisión y se trate, es algo delicado, se habla de números, se habla de compras, se habla de libertad para comprar en cualquier lugar, me parece bien, yo no tengo ningún problema pero por lo menos sepamos bien qué vamos a tratar”, indicó.
Al inicio del tratamiento, el senador Juan Darío Monges solicitó que el pleno se constituya en comisión para emitir un dictamen, mientras tanto, ante la postura expresa por su colega Bacchetta, se allanó a la propuesta y la iniciativa fue girada a las comisiones asesoras correspondientes y, por ende, aplazada por el plazo de ocho días.
Monges señaló además en su intervención que ante la falta de votos para su aprobación, sea sometido al análisis de rigor. “No habiendo los números, consecuentemente no se puede tratar y que se gire a la comisión pertinente para llevar adelante el estudio de rigor”, expresó.
El documento establece en su artículo 1 “exceptuase a toda persona jurídica en el exterior, así como sus directores, gerentes, socios, accionistas y similares, dedicada a la comercialización de hidrocarburos con debida experiencia probada, que participe en los procesos de contrataciones, o que de algún modo contrate con Petróleos Paraguayos (Petropar) para la provisión de los combustibles derivados del petróleo y biocombustibles bajo cualquiera de las modalidades previstas”.
Asimismo, se establece que Petropar queda exceptuada de las obligaciones y sanciones previstas en la Ley Nº 6.355/2019 respecto a los proveedores que contraten con la petrolera estatal en los términos referidos en el párrafo anterior.