En la Cámara de Diputados se planteó la modificación de la Ley Nº 6.809/2021, “que establece medidas transitorias de consolidación económica y de contención social, para mitigar el impacto de la pandemia del COVID-19 o coronavirus”, que permitirá a las micro, pequeñas y medianas empresas de zonas de frontera acceder a créditos en mejores condiciones que el promedio del sistema financiero, con características flexibles y favorables.
Esta iniciativa fue presentada por los diputados Walter Harms y Fernando Oreggioni con el objetivo de incluir dentro de los beneficiarios a los trabajadores independientes y comerciantes formales de las ciudades fronterizas afectados por la crisis generada por la pandemia del COVID-19.
Te puede interesar: Comunicar, consensuar y gestionar
La propuesta beneficiará a los trabajadores de las ciudades de Encarnación, Alberdi, Puerto Falcón, Nanawa, Ayolas, Pilar, Paso de Patria, Humaitá, Cerrito, General Díaz, Mayor Martínez, Villa Oliva, Villa Franca, Natalio, Mayor Otaño y San Rafael del Paraná.
En el proyecto, los parlamentarios argumentan que la flexibilización de créditos para este sector ayudará a la reactivación económica en las zonas fronterizas, además de salvar algunas de las empresas o comercios que fueron fuertemente afectados por la crisis económica.
“Creemos que es angustiante la situación económica y la necesidad extrema con que se vive en las ciudades fronterizas, donde los comerciantes formales día a día están luchando por sobrevivir. Con este crédito y las condiciones favorables para una verdadera reactivación económica podrían provisionarse de mercaderías para paliar la crisis arrastrada por el COVID-19 y salvar sus empresas”, refiere el documento.
Igualmente, los parlamentarios que presentaron la propuesta mencionan que con la actual normativa los comerciantes de frontera no pueden cumplir con los requisitos para acceder a créditos dirigidos a sectores específicos, y se cita a los sectores gastronómicos; de eventos; hoteleros; agencias de turismo y entretenimientos. Esto, teniendo en cuenta que estos sectores no pueden demostrar alguna relación directa o indirecta de haber comercializado con los sectores en cuestión.