El abogado Álvaro Arias opinó sobre la denuncia presentada por el ministro del Interior Arnaldo Giuzzio contra el expresidente de la República, considera que el procedimiento es incorrecto al ser recibido por la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero y Bienes (Seprelad).
El artículo 284° del Código Procesal Penal establece que toda persona podrá anunciar un hecho punible ante el Ministerio Público o la Policía Nacional. “Debería de haberlo hecho ante la Fiscalía”, recalcó el profesional en contacto con la 780 AM.
Ante este hecho, aseguró que “la Seprelad se equivoca al admitir esa denuncia, porque es una organización pública que recaba información cuando hay un reporte de operación sospechosa ante un eventual lavado de dinero en el sistema, pero un particular no puede presentar ante este organismo”, enfatizó.
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Además, recordó que en el artículo 286° se habla de la obligación del funcionario que tiene conocimiento de hecho punible, y ante esa situación, Giuzzio debía de presentarlo ante las autoridades competentes, recalcó.
Entonces, en su condición de funcionario público, se obliga a hacerlo ante la Fiscalía o la Policía Nacional, por eso no es admisible esa posibilidad. De igual forma ratifica que no tiene duda de que Giuzzio está al tanto del procedimiento correcto, así como el ministro de Seprelad, Carlos Arregui, quienes fueron fiscales de delitos económicos.
Pero las situaciones se mezclan entre lo jurídico y lo político. “La denuncia debe presentarse ante la Fiscalía para que la unidad pueda investigar”, de forma contraria no se podría avanzar en el procedimiento. “No es competencia de Seprelad, Arregui no puede, yo derivaría a Delitos Económicos, para que el Ministerio Público haga lo que tenga que hacer”, sentenció.