El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), ya publicó la rendición de cuentas de la campaña de los candidatos que pugnaron en las municipales el pasado 10 de octubre. Toda la información está disponible en la web institucional.
Las autoridades del máximo organismo electoral explicaron que en cumplimiento a los plazos establecidos en la Ley N° 6501/2020, vigente en materia de Financiamiento Político, se procedió a la publicación de los informes de ingresos y gastos de campaña de candidatos y agrupaciones políticas, a libre disposición de la ciudadanía.
El Observatorio Nacional de Financiamiento Político (ONAFIP) cuenta con un buscador práctico y sencillo para el acceso a los mencionados reportes. Toda la información se encuentra de manera agrupada por organización política, por candidatos participantes así como también por candidatos electos. Este es el link de acceso a las rendiciones de cuentas.
Así también, se informó que luego de este procedimiento, la Justicia Electoral coordinará actividades con las autoridades de la Contraloría General de la República (CGR) para la remisión de los mencionados reportes de campaña durante 60 días para la emisión del informe respectivo.
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Qué dice la ley
La Ley N° 6501 del 18 de febrero del 2020 tiene por objeto regular la actividad financiera de los partidos, movimientos políticos, alianzas y concertaciones electorales.
Entre otros puntos, señala que el TSJE deberá incluir dentro de su organigrama institucional una dependencia con jerarquía suficiente, encargada de disponer, coordinar y supervisar las políticas y procedimientos para la prevención de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo en el financiamiento de campañas electorales, conforme a la reglamentación emitida por la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes, respecto de los sujetos obligados.
Así también señala que el TSJE correrá vista a la Contraloría General de la República de la presentación efectuada por el término de sesenta días para la realización de una auditoría de la rendición final. Una vez concluida la auditoría por parte del órgano contralor, el ente correrá traslado por diez días al partido, movimiento político, alianza y/o concertación electoral para que realice aclaraciones.