La Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados dio el dictamen de rechazo a la iniciativa que pretende multar a los ciudadanos que no cumplan con el sufragio en las elecciones. Se trata del proyecto de ley “que modifica Art. 6° de la Ley 635/95, Que reglamenta la Justicia Electoral”.
La iniciativa pretende habilitar al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) para la aplicación de las multas por faltas electorales, entre ellas la multa “por no votar”, teniendo en cuenta que el apartado de la normativa vigente habla de los deberes y atribuciones del órgano electoral.
Desde la comisión asesora, presidida por el diputado Derlis Maidana, argumentaron que el principal inconveniente para la aplicación de estas mutas es que no existe un procedimiento para establecer las responsabilidades ante las eventuales faltas electorales y la aplicación de las sanciones. Igualmente, desde la comisión refieren que es conveniente trabajar en una ley especial coordinadamente con el TSJE.
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Otro iniciativa similar es el proyecto de ley “que modifica y amplía el artículo 332 de la Ley N° 834/1996, Que establece el Código Electoral Paraguayo”, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores, pero aún no fue tratado en la Cámara Baja. Esta normativa también busca sancionar a aquellos ciudadanos que no concurran a ejercer el derecho al sufragio en las elecciones generales.
Este proyecto establece como multa para aquellos que no acuden a votar medio jornal mínimo, lo que equivale a poco más de G. 40.000. Además, establece que mientras dure el incumplimiento del pago de la multa las personas no podrán realizar la tramitación de varios documentos personales.
La argumentación de este proyecto menciona que las cifras sobre el ausentismo de los jóvenes en los procesos electorales son preocupantes y alarmantes. El texto menciona también que en el año 2018, unos 900.000 jóvenes de entre 18 y 30 años se ausentaron del proceso, por lo que se enfatiza que la participación ciudadana en las elecciones en nuestro país es baja.