Mediante acciones impulsadas por la Procuraduría General de la República (PGR), el Estado paraguayo se salvó de un millonario desembolso a favor de una funcionaria que había sido destituida de la Defensoría del Pueblo.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ), Sala Penal, Secretaría Judicial IV, resolvió a favor del Estado paraguayo en una acción contencioso administrativa planteada contra la Defensoría del Pueblo, evitando así el desembolso al tesoro público de aproximadamente G. 150 millones en concepto de pago por salarios caídos.
Los antecedentes
Según los antecedentes del caso, la Defensoría del Pueblo tomó la decisión de desvincular a la funcionaria Olga María Blanco Ramírez en virtud de que la misma ocupaba un cargo de confianza y de libre disponibilidad según lo determina la Ley Nº 1626/00 De la Función Pública. La destitución se dio por resolución Nº 943 del 6 de junio del 2017, por lo que la misma promovió acción contencioso administrativa ante el Tribunal de Cuentas, Primera Sala.
La pretensión procesal contenía un pedido de medida cautelar, el cual fue sustanciado, sin embargo, el traslado de la demanda no fue debidamente impulsado, por lo que el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, dictó mediante el Auto Interlocutorio (AI) Nº 671 del 3 de setiembre del 2018, la caducidad de la instancia. Asimismo, dispuso el levantamiento de la medida cautelar otorgada por A.I. Nº 609 del 20 de agosto del 2018, e impuso las costas a la parte actora.
Sin embargo, el citado fallo fue recurrido por la parte actora ante la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Secretaría Judicial IV, en donde previo cumplimiento de los pasos procesales se emitió el Auto Interlocutorio Nº 759 del 31 de julio del 2020, que resolvió desestimar el recurso de nulidad interpuesto.
Igualmente dispuso rechazar el recurso de apelación interpuesto por Olga María Blanco Ramírez, contra el AI Nº 671 de fecha 3 de setiembre del 2018, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala y en consecuencia confirmar el AI Nº 671 de fecha 3 de setiembre del 2018, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala e imponer las costas al apelante, de acuerdo con los datos proveídos por la Procuraduría General de la República (PGR).
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Ley de APP es clave para la inversión en infraestructura ante restricciones fiscales
El papel crucial de la nueva Ley de Alianza Público Privada (APP) para el fomento de inversiones privadas en infraestructura pública fue resaltado en un conversatorio entre el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Fernández Valdovinos, el procurador general de la República, Marco Aurelio González, y el exministro de Hacienda, César Barreto, quienes coincidieron en que esta normativa impulsará proyectos en sectores estratégicos de infraestructura.
La Cámara de Comercio Paraguay Brasil organizó un conversatorio sobre la Ley de APP en el que se deliberó en torno a los desafíos y eventuales ajustes para su implementación. El presidente de la Cámara, Rubén Jacks, explicó que la normativa promulgada en enero de este año busca modernizar la anterior ley para darle mayor agilidad. “Como país tenemos situaciones nuevas como el poco espacio fiscal que ya tiene el país para endeudarse, entonces, más que nunca necesitamos que el sector privado realice obras de infraestructura y realice servicios que el Estado quizá no pueda”, afirmó.
El ministro Fernández Valdovinos resaltó que esta nueva ley es fundamental para el impulso de proyectos en sectores estratégicos como transporte, energía, agua y saneamiento, en un contexto de restricciones fiscales. Mencionó que el financiamiento de estas obras se complementaría con fondos obtenidos por la renegociación de Itaipú, que aportarán USD 650 millones a las arcas del Estado.
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Inversiones en infraestructura
Asimismo, resaltó que obras como la ruta PY02 demuestran la calidad de las obras realizadas bajo la Ley de APP y que se busca replicar ese mismo modelo en proyectos como la ruta PY01, cuya adjudicación señaló que debería definirse en las próximas semanas. El ministro de Economía agregó que se están ajustando los requisitos financieros para la participación de empresas, reduciendo la exigencia de capital mínimo con el fin de promover mayor participación en las licitaciones.
“La cuestión de la APP va a ser fundamental para proveer de infraestructura al país dadas las restricciones fiscales que vamos teniendo. Entonces, es uno de los instrumentos pensados por el Gobierno de manera a seguir mejorando no solo nuestras rutas sino también la transmisión de energía, agua y saneamiento. Complementa muy bien el presupuesto que se tiene cada año dentro del Presupuesto General de Gastos de la Nación y también complementa muy bien los recursos que van a venir después de la renegociación de Itaipú”, destacó.
Por su parte, el exministro de Hacienda, César Barreto, mencionó que el espíritu del mecanismo de las APP es que exista también mayor participación privada en las inversiones en infraestructura, atendiendo a que los recursos son escasos y la reducción en inversión pública en los últimos años en proporción del producto interno bruto (PIB). “Todos aquellos proyectos que puedan generar ingresos vía tarifas, precios o peajes, para financiar por lo menos una parte importante de los proyectos, creo que deberían encararse bajo la Ley de APP. Faltan proyectos y hay que avanzar en esa línea lo más rápido posible”, explicó el economista.
Mecanismos para resolución de conflictos
El procurador general de la República, Marco Aurelio González, explicó que la nueva ley establece mecanismos de resolución de controversias para evitar que los proyectos queden estacados por incumplimientos. Detalló que los conflictos se resolverán en primera instancia a través de un arbitraje que ya estará estipulado en los pliegos de bases y condiciones de cada contrato.
Mencionó que si una empresa incumple sus obligaciones, los financistas del proyecto podrán sustituir al contratista, a fin de que las obras no se paralicen. “La finalidad es que el proyecto culmine y avance a pesar de las dificultades y los incumplimientos que se puedan dar en el camino”, precisó.
González señaló que el Estado ofrece garantías tanto para los contratistas como para los inversores, pero que también cuenta con formas de asegurar el cumplimiento de las obras como, por ejemplo, la posibilidad de volver a licitar la obra en caso de que la firma seleccionada no pueda continuar con los trabajos. “La seguridad para el financista es que puede prendar o fideicomitir a su favor los derechos presentes y futuros, incluso del flujo de caja de los contratos públicos-privados de las prestaciones o los derechos que tenga el contratista”, ejemplificó.
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PGR impulsó por primera vez demandas por reparación del daño bajo gestión de Peña
- Por Juan Marcelo Pereira
“Es nuestra obligación resguardar y recuperar el dinero público. Existe una firme indicación del gobierno para combatir la corrupción y la impunidad”, dijo el procurador general de la República, Marco Aurelio González, tras detallar que bajo la administración presidencial de Santiago Peña, su institución impulsó por primera vez cuatro demandas de reparación del daño por hechos punibles cometidos contra el patrimonio del Estado.
A través de una entrevista con el diario La Nación/Nación Media, González detalló que el mecanismo permite una recuperación más expedita de los fondos públicos malversados, en comparación con un juicio civil ordinario de indemnización.
“Es la primera vez e iniciativa nuestra. La vía penal es más rápida y más segura. Si planteáramos en el fuero civil, se podría plantear que primero debe terminar el proceso penal. Y si se planteara en lo civil después de quedar firme el proceso penal, hay tesis que sostienen que ya operó la prescripción (2 años a contar desde el ilícito y un proceso penal suele durar mucho más). Entonces, para no correr ese riesgo”, manifestó.
El funcionario de Estado detalló que entre las demandas de reparación del daño se encuentra la impulsada contra el exministro de la Niñez y Adolescencia, José Orué Rolandi, quien fue hallado culpable por el delito de lesión de confianza junto con Carlos Centurión, Laura Gamarra, Gloria Arroyo y Araceli Cotillo, en la causa por el desvío de dinero perteneciente al programa de vaso de leche.
Otra de las demandas guarda relación con el exministro de Agricultura y Ganadería (MAG), Enzo Cardozo y la exdirectora administrativa de la cartera estatal, Maristela Azuaga, quienes fueron condenados por lesión de confianza en el desvío de fondos públicos mediante proyectos ficticios y documentos falsos en connivencia con directivos de la Federación Nacional de Productores Frutihortícolas del Paraguay.
En la nómina se encuentra la demanda promovida contra el exrector de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), Froilán Peralta y su exdirectora de Recursos Humanos, María del Carmen Martínez, conocida como “La comepapeles” quienes fueron condenados por lesión de confianza y estafa tras la designación irregular de personal y malversación de fondos universitarios.
Igualmente figura la demanda contra la exministra de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), Gladys Cardozo y su exdirector de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC), Aníbal Benítez, quienes fueron condenados por lesión de confianza por el millonario desvío en la adquisición de víveres para enviar a tres departamentos del Chaco, entre los meses de marzo y abril del 2012.
La Ley 6837/2021, en su artículo 23, proporciona a la Procuraduría la facultad de intervenir en calidad de víctima en los procesos penales por delitos contra el patrimonio estatal. Asimismo, le confiere la atribución de ejercer la acción civil para la reparación de los daños causados, permitiéndole representar a organismos y entidades públicas sin personería jurídica y asistir, a solicitud, a aquellas con autonomía legal.
Desde la institución indicaron que tras sus últimas intervenciones en los procesos penales en calidad de víctima, ha aumentado la cantidad de notificaciones de oficio de los juzgados para intervenir en salidas alternativas que incluyan reparación del daño, en audiencias preliminares y juicios orales.
Señalaron también que los jueces de garantía solicitan la postura de la Procuraduría General de la República, en estos procesos para asegurar que la posición del Estado sea considerada al evaluar acuerdos de reparación y decisiones sobre hechos punibles que afectan el patrimonio público.
Detallaron además que se ha identificado que, en muchos casos, al momento de ejercer la acción de reparación del daño, los condenados por corrupción ya no poseen bienes registrables a su nombre, con el objetivo de mitigar este problema, la institución se encuentra trabajando en conjunto con el Poder Judicial y la Fiscalía en la implementación de medidas cautelares preventivas, como la prohibición de innovar sobre bienes al dictarse sentencias condenatorias. Este enfoque apunta a garantizar la efectividad de las sentencias de reparación del daño.
Caso José Orué Rolandi
Monto demandado: G. 3.010.768.440
Estado procesal: la PGR obtuvo sentencia de reparación del daño; apelada, en estudio en el Tribunal de Alzada
Caso Enzo Cardozo
Monto demandado: G. 68.965.418.419
Estado procesal: audiencia de conciliación fijada para el 25 de marzo de 2025, tras múltiples recusaciones
Caso Froilán Peralta y María del Carmen Martínez
Monto demandado: G. 958.785.549 (Peralta) y G. 248.089.375 (Martínez)
Estado procesal: pendiente en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la resolución de una contienda de competencia; embargos preventivos ya ordenados
Caso Gladys Cardozo
Monto demandado: G. 2.482.950.000
Estado procesal: presentada la demanda con una recusación en trámite, con embargos preventivos ordenados
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Tras once años, Paraguay recupera estatus en defensa de los derechos humanos
Luego de una década, Paraguay obtuvo nuevamente el puntaje más alto por parte de la Red Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos (RINDHCA), alcanzando la categoría A en cuanto a defensa de los derechos humanos. Con esto nuestro país puede acceder a una serie de beneficios tanto a nivel local como internacional, explicaron.
“Fueron dos periodos en los que Paraguay estuvo prácticamente sin categoría, en el periodo anterior se solicitó la acreditación, se rindió el examen pero no obtuvo la calificación necesaria y quedó en categoría B. Ahora nosotros hemos solicitado un nuevo examen, rendimos y tuvimos un muy buen examen que nos da la posibilidad de ingresar a la categoría A”, expuso Rafael Ávila, defensor del Pueblo.
En contacto con “Arriba Hoy”, emitido por GEN/Universo 970 AM, Ávila mencionó que el examen ya fue realizado el 1 de mayo del 2024 y recién este 12 de marzo se entregó la certificación. Nuestro país no solo accedió a la categoría más alta, sino que también obtuvo la mejor calificación entre otros países que también fueron sometidos al mismo examen.
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“Esto significa que somos una institución confiable, podemos tener operación internacional, acceder a muchos beneficios para los funcionarios, capacitación para los mismos, existen muchos puntos y podemos ocupar cargos de gobernanza en Naciones Unidas”, manifestó el defensor quien resaltó que son varios los puntos que se tienen en cuenta por esta organización.
Se evalúa el seguimiento a las denuncias, el manejo de recursos de la institución, también acceden a informes sombra recabando información de todas las instituciones civiles respecto a la Defensoría. “Nosotros nos esforzamos dentro de ese cambio de imagen que queremos dar a la Defensoría, que brinde contención a la gente que está necesitando, esa es la Defensoría que queremos”, sostuvo.
Ávila precisó que debido al estatus inferior al que llegó nuestro país, incluso en un momento solicitó retirarse de la RINDHCA, sin embargo, esto no es posible ya que esta organización está conformada por todos los países del continente americano y afortunadamente en la fecha, se ha recuperado la anhelada categoría.
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Imputan a representante de firma de juegos de azar por uso de documentos no auténticos
El fiscal Marcelo Saldívar formuló imputación contra Andrés Ariel Alegre Colmán, representante de la firma Amazing S.A., por los hechos punibles de uso y producción de documentos no auténticos. La investigación se inició a raíz de una denuncia presentada por el Procurador General de la República, Marco Aurelio González Maldonado, y el Presidente de la Comisión Nacional de Juegos de Azar (CONAJZAR), Carlos Augusto Liseras.
La imputación se fundamenta en la presentación de pólizas de seguros presuntamente falsas, utilizadas por la firma Amazing S.A. para garantizar el cumplimiento del contrato de concesión de explotación de máquinas electrónicas virtuales de juegos de azar. Según la investigación, los documentos fueron remitidos por Alegre Colmán en agosto de 2024, pero posteriormente, las aseguradoras involucradas informaron que dichas pólizas no fueron emitidas por ellas, evidenciando así la posible falsedad de los documentos.
Ante estos hechos, el fiscal interviniente solicitó al Juzgado Penal de Garantías a cargo de la jueza Cynthia Lovera, la aplicación de medidas alternativas a la prisión preventiva, incluyendo la prohibición de salida del país y la obligación de comparecencia mensual ante el tribunal y el ofrecimiento de una caución real, con el objetivo de garantizar el sometimiento al proceso penal.
La Procuraduría General de la República, en su rol de defensa de los intereses patrimoniales del Estado, ha acompañado este proceso desde la presentación de la denuncia, reafirmando su compromiso con la transparencia y legalidad en la administración de concesiones estatales. Por su parte, CONAJZAR reitera su firme postura de combatir cualquier irregularidad en el sector de juegos de azar, asegurando un mercado equitativo y libre de prácticas fraudulentas.
El proceso penal sigue su curso y la Fiscalía cuenta con un plazo de seis meses para presentar su acusación formal.