Las personas con discapacidad votarán en los comicios municipales del domingo 10 de octubre mediante el programa voto accesible. La Justicia Electoral contempló nuevamente las distintas modalidades para que estas personas puedan sufragar.
Se aplicarán las opciones del voto en casa, el voto en mesa accesible y el voto preferente, así como el voto asistido y mesa de ayuda, destinados a facilitar el derecho al sufragio a las personas con discapacidad.
Los electores que podrán acceder al voto en casa son personas con discapacidad física severa, disfuncionalidad motora severa o que por motivos graves de salud no pueden llegar a sus locales de votación. Las condiciones detalladas anteriormente fueron avaladas por un médico acreditado por el Ministerio de Salud y para estas elecciones fueron aprobados para votar a través de este mecanismo un total de 386 electores.
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Así también, en todos los locales de votación se habilitará una mesa de ayuda que estará en la entrada de cada recinto electoral, estarán integradas por tres voluntarios capacitados. En la mesa se dispondrá de un kit para el sufragio de las personas con discapacidad visual; un auricular, un acrílico con instructivo en braille, lupa para personas con baja visión, y afiches explicativos y la máquina de votación para practicar.
En tanto el voto en mesa accesible es el voto en la mesa No. 1 de los locales de votación, estas serán instaladas en lugares de fácil acceso, destinadas a personas con discapacidad motriz, sensorial, físicas y adultos mayores con dificultad para el desplazamiento.
Los beneficiarios del servicio formarán parte del padrón electoral de la referida mesa, previa solicitud realizada en el plazo determinado por la institución electoral. Para estos comicios solicitaron acogerse a este beneficio 5.454 personas.
Preferencia a embarazadas
Por otro lado, el voto preferente, establecido en la Ley N° 834/1996, otorga preferencia a las embarazadas, personas adultas mayores de setenta y cinco años, personas con discapacidad y problemas de salud.
El día de los comicios se contará con el soporte de los voluntarios en las mesas de ayuda que informarán al elector sobre las disposiciones, número de mesa de votación y acompañará hasta la mesa respectiva al ciudadano para el cumplimiento del referido beneficio.
También se garantiza el voto asistido, un derecho previsto en el Código Electoral que beneficia la asistencia al elector con discapacidad visual o de miembros superiores por parte de una persona de su confianza. Los miembros de la mesa receptora de votos deberán corroborar la buena fe entre el beneficiario y la persona elegida.