El proyecto de la “función pública y la carrera del servicio civil” fue aprobado con modificaciones por parte de la Cámara Alta y al respecto, el senador Mario Varela indicó que están conformes con el texto y dejó en claro que de aprobarse esta iniciativa, tendrá alcance para los funcionarios de los tres poderes, no únicamente en los que dependen del Poder Ejecutivo, como se dio a entender por ciertos sectores.
“Claramente dice el artículo N.° 3 que se aplicará también esta ley al Poder Legislativo y al Poder Judicial manteniendo su autonomía, lo que buscábamos con esta modificación es que la independencia de los poderes se garantice nada más, pero esta ley se va a aplicar, sin embargo, el que aplique esta ley no va a ser el Ejecutivo a través del Ministerio de Economía, sino va a ser el presidente del Senado, de Diputados y la Corte Suprema de Justicia con la atribución constitucional del poder administrativo que le otorga la ley”, explicó.
En contacto con La Nación/Nación Media, el parlamentario manifestó que están satisfechos con la ley aprobada puesto que es fruto de un trabajo en conjunto entre varios sectores, incluyendo a las representaciones sindicales de diferentes sectores. Varela afirmó que esta es una ley consensuada y que es fundamental para modernizar la gestión pública del Estado.
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“Es un requisito importante que tengamos una ley innovadora, transparente, que valore la meritocracia en la función pública. En esta ley, el concurso público de oposición es obligatorio, el único mecanismo de ingreso en la función pública será ahora a través de ese mecanismo. La anterior ley hablaba también de eso, pero abría la ventana con muchas excepciones por eso es que no se aplicaba casi el concurso público, ahora la obligatoriedad es una característica fundamental de esta ley”, sostuvo.
Además, en uno de sus artículos también es contundente respecto al nepotismo y en la modificación del Senado, quedó una redacción en la cual no se permitirá esta práctica y se eliminó el apartado donde se permitía la contratación de cónyuges, concubinos o parientes para casos excepcionales.
“Quiero resaltar que no se violan las garantías constitucionales de la libertad sindical, porque se habló de que esta ley la prohibía, pero eso no es posible porque la libertad sindical y de asociación es una garantía establecida en la propia Constitución, ninguna ley puede estar por encima de esa garantía constitucional, es importante aclarar eso porque mucho se rumoreó acerca de esto”, enfatizó.
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Además, esta ley contempla otros aspectos como el establecimiento de un límite para la contratación de asesores, los perfiles de los cargos en las instituciones, los mecanismo para el ascenso, entre otros aspectos que apuntan a la meritocracia en todas las instituciones del Estado, a excepción de aquellas que tienen leyes especiales como los militares, policías o docentes.