Los procesos preparativos para las municipales 2021, establecidos en el cronograma electoral, prosiguen, por lo que a partir de este domingo 18 hasta el 22 de julio se inicia el periodo de puesta de manifiesto. Este proceso se inicia con la culminación del periodo de inscripciones de candidaturas a las intendencias y juntas municipales para los comicios del próximo 10 de octubre.

Durante este plazo, los juzgados electorales de la circunscripción competente pondrán a disposición de las organizaciones políticas las documentaciones recibidas a los efectos de presentar las tachas o impugnaciones, que atenderán desde las 7:00 hasta las 13:00.

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Desde la Justicia Electoral se informa que el período de puesta de manifiesto de candidaturas se encuentra enmarcado en el ítem 58 del cronograma electoral establecido por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) en la Resolución TSJE Nº 42/2020, para las elecciones municipales 2021. Este proceso se da luego al periodo de inscripción de candidaturas que culminó el 17 de julio.

El artículo 159 del Código Electoral establece que al ser recibida la presentación de candidaturas, se dará constancia de la recepción de la documentación requerida, se pondrá de manifiesto en la Secretaría del Juzgado Electoral de la circunscripción competente por el término de cinco días corridos, a los efectos de las tachas o impugnaciones.

La puesta de manifiesto servirá para corroborar los datos y documentaciones presentados por los candidatos y en el caso de detectarse irregularidades, como la postulación en las internas partidarias, la postulación será impugnada.

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En este sentido, el artículo 166 del Código Electoral dispone que “tratándose de partidos, movimientos políticos o alianzas o concertaciones electorales, será causal de impugnación el hecho de que el candidato haya participado como postulante en las elecciones internas de otra organización política o haber propuesto o haber propuesto candidaturas de otra agrupación política concerniente al cargo electivo”.

Posteriormente, se dará inicio al periodo de tachas e impugnaciones, que iniciará el 23 de julio hasta el 25 de julio, establecido en el artículo 167 del CE, el cual detalla que de las tachas e impugnaciones deducidas se correrá traslado al apoderado de la organización política en cuestión, por el plazo previsto en la ley procesal respectiva, a fin de que conteste o subsane las objeciones formuladas.

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