El senador Javier Zacarías Irún considera acertada la decisión de la Cámara de Diputados al rechazar los planteamientos para la legalización de invasión a la propiedad privada y el aumento de impuestos y dijo que está a favor de legislar su protección. Ambas normativas se instalaron en la agenda legislativa mediante el sector de la oposición en el Senado.

Para el legislador colorado, la Constitución Nacional es clara con respecto a la propiedad privada, por lo cual está a favor de cualquier legislación que proteja este concepto dentro de la República. “Me parece bien (que hayan rechazado en Diputados) porque la propiedad privada está en el artículo de la Constitución Nacional, hay que respetar, no se discute, podemos legislar mil veces, pero a favor (de su protección)”, explicó.

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Por otra parte, sobre las leyes para cobrar más impuestos, el legislador dijo que no está de acuerdo con ningún aumento de impuesto porque “no es el momento”. Desde la mesa directiva actual se encaminó la posibilidad de acompañar estas propuestas, pero una parte de los legisladores consideran que la crisis económica no da las condiciones para exigir mayor porcentaje de aportes tributarios.

Buscan que las invasiones sean un crimen

Para contrarrestar propuestas que despenalizan invasiones, los senadores del movimiento Honor Colorado, Antonio Barrios y Sergio Godoy, presentaron el proyecto de ley que plantea penas más severas a los invasores de la propiedad privada. Proponen elevar la pena privativa de libertad hasta 6 años; en caso de daño patrimonial, la condena llegará hasta 10 años, pasando a ser un agravante y perseguible por acción penal pública.

La propuesta pretende modificar el artículo 142 de la Ley Nº 1.160/97 del Código Penal y su modificatoria 3.440/2008, que expresa lo siguiente: “El que individualmente o en concierto con otras personas, sin consentimiento del titular, ingresara con violencia o clandestinidad a un inmueble ajeno, será castigado con pena privativa de libertad de hasta seis años”. La ley vigente sanciona con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa; al aumentar la pena hasta seis años, pasa a ser un crimen conforme con el artículo 13 del Código Penal.

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