El Ministerio de Hacienda deberá responder a dos pedidos de la Cámara de Diputados que guardan relación con la cobertura de gastos para pacientes hospitalizados y pacientes que se encuentran en la Unidad de Terapia Intensiva (UTI) por COVID-19.

El primer documento solicita informe a esta cartera cuestionando cuándo se transferirán los fondos correspondientes y a cuánto ascenderán dichos montos, de modo de dar cumplimiento a las leyes Nº 6725, para la cobertura de cuidados intensivos y adquisición de medicamentos, y Nº 6742 del fondo de coberturas nacionales para pacientes de COVID.

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Mientras tanto, el segundo documento se trata de un proyecto de declaración mediante el cual la Cámara Baja insta al Ministerio de Hacienda a realizar las trasferencias correspondientes a fin de dar cobertura a lo estatuido en ambas leyes. Ambas iniciativas fueron aprobadas por el pleno a instancias de los diputados Miguel Tadeo Rojas, Nazario Rojas y Raúl Latorre.

El Ministerio de Hacienda debe responder sobre dichos informes dentro de un plazo de 15 (quince) días, en formato digital, desde su comunicación fehaciente al destinatario conforme a lo dispuesto por el Artículo 192 de la Constitución Nacional y por el Artículo\ de la Ley Nº 5453/15.

La Ley Nº 6725, según expresa en su artículo 2º, tiene por finalidad garantizar la vida y evitar gastos catastróficos por parte de personas con diagnóstico de COVID-19 y sus complicaciones a través de la atención oportuna y la protección financiera.

Mientras tanto la Ley Nº 6742, tiene como objeto la cobertura de medicamentos, insumos y/o estudios de diagnósticos, durante la hospitalización de personas con diagnóstico de COVID-19, en centros de asistencia de la salud dependientes del Ministerio de Salud Pública, el Instituto de Previsión Social (IPS), el Hospital Militar y Policial, el Hospital de Clínicas de la UNA y otras entidades de salud de carácter público o en centros privados donde estas personas hayan sido derivadas por el Sistema de Salud Pública.

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