El Ministerio de Hacienda deberá responder a dos pedidos de la Cámara de Diputados que guardan relación con la cobertura de gastos para pacientes hospitalizados y pacientes que se encuentran en la Unidad de Terapia Intensiva (UTI) por COVID-19.
El primer documento solicita informe a esta cartera cuestionando cuándo se transferirán los fondos correspondientes y a cuánto ascenderán dichos montos, de modo de dar cumplimiento a las leyes Nº 6725, para la cobertura de cuidados intensivos y adquisición de medicamentos, y Nº 6742 del fondo de coberturas nacionales para pacientes de COVID.
Mientras tanto, el segundo documento se trata de un proyecto de declaración mediante el cual la Cámara Baja insta al Ministerio de Hacienda a realizar las trasferencias correspondientes a fin de dar cobertura a lo estatuido en ambas leyes. Ambas iniciativas fueron aprobadas por el pleno a instancias de los diputados Miguel Tadeo Rojas, Nazario Rojas y Raúl Latorre.
El Ministerio de Hacienda debe responder sobre dichos informes dentro de un plazo de 15 (quince) días, en formato digital, desde su comunicación fehaciente al destinatario conforme a lo dispuesto por el Artículo 192 de la Constitución Nacional y por el Artículo\ de la Ley Nº 5453/15.
La Ley Nº 6725, según expresa en su artículo 2º, tiene por finalidad garantizar la vida y evitar gastos catastróficos por parte de personas con diagnóstico de COVID-19 y sus complicaciones a través de la atención oportuna y la protección financiera.
Mientras tanto la Ley Nº 6742, tiene como objeto la cobertura de medicamentos, insumos y/o estudios de diagnósticos, durante la hospitalización de personas con diagnóstico de COVID-19, en centros de asistencia de la salud dependientes del Ministerio de Salud Pública, el Instituto de Previsión Social (IPS), el Hospital Militar y Policial, el Hospital de Clínicas de la UNA y otras entidades de salud de carácter público o en centros privados donde estas personas hayan sido derivadas por el Sistema de Salud Pública.