En cuanto a los pacientes que ingresen a hospitales y sanatorios privados por cuenta de su seguro, se abonará la diferencia de lo no cubierto por el seguro y reaseguro a partir de la solicitud realizada.
Con relación a los pacientes que ingresen a hospitales y sanatorios privados por medio del Ministerio de Salud, sea del sector público o previsional, se abonará hasta G. 13.000.000 por día de internación. Cabe destacar que en todos los casos el hospital o sanatorio privado debe comunicar al SEME el ingreso del paciente a la Unidad de Terapia Intensiva.
Mientras que para los pacientes sin seguro que ingresan directamente a hospitales y sanatorios privados se estará abonando hasta un total de G. 13.000.000 por día de internación a partir de la solicitud realizada.
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Por otra parte, la reglamentación también menciona que el familiar, el responsable, el hospital o sanatorio privado, si corresponde, debe hacer llegar una nota dirigida a la cartera sanitaria al correo electrónico secretaria.general@mspbs.gov.py para acogerse a los beneficios de la norma.
Especificaciones a tener en cuenta
Se deberán especificar en la nota las siguientes informaciones: nombres y apellidos completos del paciente con número de C.I. y nombre del hospital o sanatorio privado en el que se encuentra internado. La fecha y hora de ingreso deben corresponder con historia clínica; detalle de cobertura del seguro médico y reaseguro si corresponde.
Con el pedido presentado, Salud iniciará el proceso de verificación para posteriormente poder comunicar al hospital o sanatorio privado que el paciente es beneficiario.
La explicación de Salud Pública resalta además que a fin de proceder con los pagos respectivos al hospital o sanatorio, deberá existir un convenio suscrito con la cartera estatal. Para las consultas, el ministerio habilitó el (021) 204-645 o el correo terapia@mspbs.gov.py.
Antecedentes de la normativa
Hernán Martínez, viceministro de Salud, afirmó días atrás que la reglamentación era totalmente necesaria para poder definir el universo de los pacientes que se acogerían a la ley.
“Para nosotros es muy importante la reglamentación de la ley, ya que debemos ver el universo de personas que serán beneficiadas con esta ley. Se habla de pacientes con COVID internados en la Unidad de Terapia Intensiva, pero ¿cómo queda aquel paciente que está en un régimen de terapia intensiva, pero no está dentro de la unidad? Nosotros le llamamos pacientes terapizados, no están dentro de una unidad de cuidados intensivos, pero sí están con todas las medidas de un paciente crítico. Ese paciente también debe ser beneficiado”, había indicado.