La Fiscalía realizó un procedimiento de retiro de propaganda electoral extemporánea en la vía pública de la capital. Recién desde el 19 de mayo se permite la fijación de carteles proselitistas o afines.

La agente fiscal Electoral Myriam González, en coordinación con el Departamento Judicial de la Municipalidad de Asunción, encabezó un procedimiento de retiro de propaganda electoral extemporánea.

Todas las propagandas que se realizaron antes del periodo que establece el cronograma electoral están fuera de plazo, por lo tanto son extemporáneas.

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Según el Cronograma Electoral, para las elecciones municipales del 2021, y con respecto a las internas partidarias simultáneas del 20 de junio, la realización de propaganda electoral en la vía pública estará comprendida entre el 19 de mayo y el 17 de junio.

Esto mismo se ve contemplado en la Ley Nº 834/96 Código Electoral que, en su artículo 290, indica que la propaganda electoral se extenderá por un máximo de sesenta días, contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios, en los que está prohibida toda clase de propaganda electoral.

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Solo treinta días de permiso

“En los comicios internos de los partidos políticos, la propaganda electoral no podrá exceder de treinta días”, explicó la agente fiscal del fuero electoral Myriam González.

La fiscala refirió además que este trabajo en conjunto va a continuar en la medida de las posibilidades por el trabajo en cuadrilla que tienen todas las instituciones a raíz de la pandemia del COVID-19.

Indicó también que “este trabajo se debe llevar en conjunto debido a que el Código Electoral, en sus artículos 294 y 295, establece que los municipios de todo el país son los encargados de dictar las reglamentaciones correspondientes”.

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Municipalidad sanciona económicamente

Por su parte, José Cantero, jefe del Departamento Judiciales de la Municipalidad de Asunción, señaló que se constituyeron a pedido del Ministerio Público.

“Estamos acompañando este procedimiento a fin de prestar apoyo logístico y también labrar las notificaciones correspondientes, ya que la ley electoral establece que es el municipio el que debe aplicar las sanciones a este tipo de infracciones, entonces vamos a labrar las actas de todos los lugares donde estuvimos y vamos a derivar posteriormente a los juzgados de falta”, declaró.

Se trata de sanciones económicas o multas, que varían de acuerdo a la gravedad de la situación de cada caso y se analizará de acuerdo al tipo de infracción que cometieron. La denuncia se puede hacer ante la Fiscalía Electoral y también pueden realizarlo en la municipalidad, en la web de denuncias y en la oficina física en el edificio municipal.

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