El Poder Ejecutivo decidió extender las medidas sanitarias vigentes hasta el lunes 26 de abril mediante un nuevo decreto que fue socializado esta mañana. Esta decisión tiene como objetivo intentar frenar el avance significativo de contagios que se tiene con relación a la pandemia del coronavirus.

En la semana se había escuchado a las autoridades sanitarias de la necesidad de ajustar y aumentar las restricciones teniendo en cuenta el escenario epidemiológico por el cual atraviesa el país, pero al final el Poder Ejecutivo optó por seguir con las medidas asumidas antes de Semana Santa, las cuales no dieron ningún resultado, ya que los casos de contagios siguen aumentando así como la cifra de fallecidos.

El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, firmó el viernes el decreto N° 5.118, que extiende las medidas sanitarias. Entre los puntos más significativos se puede mencionar que la circulación de la población seguirá siendo desde las 5:00 hasta las 23:59 y que habrá control policial en los principales accesos a la capital y ciudades del Área Metropolitana.

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Otro punto que estaba siendo discutido en los últimos días era el cese de las actividades comerciales y aquellas no esenciales. Las mismas se mantienen inalterables.

Asimismo, los locales gastronómicos (bar, café, restaurantes) trabajarán con el mismo modelo que vienen operando. Es decir, desde las 5:00 hasta las 23:59, con agendamiento previo y con hasta un máximo de cuatro personas por mesa, con distanciamiento de 2 metros entre mesas.

El documento aclara que no están habilitadas las barras y se establece el uso intermitente y obligatorio de mascarillas. Además las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas en el horario de restricción; es decir, de 23:59 a 5:00.

Eventos sociales y otros

El decreto indica que están permitidos los eventos sociales de 5:00 hasta las 23:59, con un máximo de hasta 100 personas. Hasta 6 personas por mesas, con 2 metros de distanciamiento entre mesas.

Igualmente se establece el uso intermitente y obligatorio de mascarillas. Los encuentros en residencias particulares deberán realizarse con un máximo de hasta doce (12) personas presentes. La asistencia de funcionarios públicos a las oficinas será de lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas.

Respecto al sector educativo, se habilita el retorno seguro a instituciones educativas para el desarrollo de las clases en la modalidad virtual o híbrida-semipresencial. Estará sujeto al “Protocolo y Guía Operativa para el Retorno Seguro a Instituciones Educativas 2021”, que tenga el parecer favorable del Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo (CEIGR).

En relación a las actividades físicas, se permite la actividad física para todas las personas en espacios al aire libre en grupos de hasta cuatro personas, al igual que la práctica deportiva en grupos de hasta cuatro personas, en locales habilitados por el Ministerio de Salud. En ese contexto, enfatiza que no están permitidas las competencias deportivas (torneos) en ninguna de sus modalidades.

Se permiten clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados garantizando cuatro metros entre personas.

Actos culturales y religiosos

Por otro lado, señala que las actividades del sector cultural y creativo podrán ser realizadas de 5:00 a 23:59, con un aforo máximo de 75 personas sentadas. Uso obligatorio de tapabocas. Mientras que la realización de actos de culto, deberá llevarse a cabo con un máximo de 75 personas en espacios cerrados y hasta 100 personas en espacios abiertos o al aire libre.

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