El Poder Ejecutivo publicó el decreto en el que se establecen nuevas medidas sanitarias que estarán vigentes desde el 5 al 12 de abril. Se dispone el levantamiento gradual del aislamiento preventivo; la circulación será desde las 5:00 hasta las 23:59.

Durante la vigencia de estas medidas, los comercios no esenciales podrán operar dentro del horario establecido. Los locales gastronómicos (bar, café, restaurantes) podrán atender con agendamiento previo y con un máximo de hasta 4 personas por mesa con distanciamiento de 2 metros entre mesas. Así como el uso intermitente y obligatorio de mascarillas. Mientras que las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 23:59 a 5:00.

Las actividades laborales de los funcionarios públicos serán de lunes a viernes de 8:00 a 15:00. Así como también habrá un estricto control en los principales accesos a la capital y ciudades del Área Metropolitana.

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La rotación de los trabajadores del sector se deberá realizar manteniendo el 50% de los personales en forma presencial en los lugares físicos. Mientras que las personas mayores de 60 años con patologías de base no deben ser incluidas, salvo las que cumplan servicios imprescindibles.

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Vuelta a clases

Además, se habilita el retorno seguro a instituciones educativas para el desarrollo de las clases en la modalidad virtual o híbrida-semipresencial. Estará sujeto al Protocolo y Guía Operativa para el Retorno Seguro a Instituciones Educativas 2021, que tenga el parecer favorable del Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo (CEIGR).

Mientras que las clases de educación superior seguirán siendo desarrolladas a distancia, podrían habilitarse las semipresenciales con el protocolo sanitario establecido por el Ministerio de Salud.

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Eventos sociales

Las actividades sociales que impliquen organizaciones de eventos estarán permitidas desde las 5:00 hasta las 23:59, con un máximo de hasta 100 personas, 6 en cada mesa situada a 2 metros una de otra.

Mientras que los encuentros en residencias particulares deberán realizarse con un máximo de hasta 12 personas. Los actos culturales y creativos se harán dentro del horario permitido hasta con 75 personas sentadas.

Los actos religiosos o de culto, por su parte, deberán llevarse a cabo con un máximo de 75 personas en espacios cerrados y hasta 100 personas en espacios abiertos o al aire libre.

Actividades físicas

Las actividades físicas y deportivas estarán habilitadas en los espacios al aire libre con hasta 4 personas en los locales autorizados por Salud. No se permiten las competencias deportivas (torneos) en ninguna de sus modalidades.

También se permiten las clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados, garantizando 4 metros entre personas que asistan a estos lugares con todas las medidas sanitarias. Mientras que los clubes sociales y deportivos deberán operar en sus espacios al aire libre para la actividad física.

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