El procurador general de la República, Juan Rafael Caballero, se refirió a la demanda contra el Estado paraguayo impulsada por Bonifacio Ríos Ávalos y Carlos Fernández Gadea (+) ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), para dejar sin efecto el juicio político que los destituyó de la máxima instancia judicial del Paraguay y así retornar a la Corte Suprema de Justicia.

Al ser consultado acerca de su opinión jurídica respecto a si Bonifacio Ríos Ávalos podría volver a ocupar el cargo de ministro de la Corte, Cabellero expresó: “Yo creo no”. A planteársele un dictamen de la Corte IDH que obligue a restituirlo en el cargo, Caballero indicó que no quiere hablar sobre hipótesis, pero considera que existen “contralímites” y que la Constitución Nacional está por encima de los tratados, en este caso la Corte IDH.

Sostiene que la Corte IDH no fallará en contra del Estado paraguayo y que, de darse el caso, rechazan el pago de una indemnización. Reiteró que ninguna persona echada por un juicio político retornaría a su cargo. Respecto a la presentación de los alegatos finales por escrito indicó: “De modo a precautelar el proceso lo presentarán el día de mañana viernes 2 de abril, fecha límite de entrega”.

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¿Eliminar el juicio político?

Consultado respecto a una intención subyacente de eliminar la figura del juicio político, fue contundente al decir que la Corte Interamericana de Derechos Humanos no tiene esta postura, no así la Comisión Interamericana de Derechos, estamentos conexos del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos. “Claramente quieren eliminar el juicio político o vaciarlo de contenido y dejarlo como un elemento decorativo”, dijo respecto a la comisión.

“Esto no es posible; Paraguay y unos 15 países tienen dentro de sus previsiones constitucionales el juicio político determinado”, argumentó y añadió que en el caso de nuestro país representa una “garantía”. Al respecto, acotó: “Hay dos guardianes, está la Cámara de Diputados y el otro guardián es la Cámara de Senadores, que se constituye como tribunal la toma de una decisión”.

Comparó con cesación de 1544

En referencia a un eventual dictamen a favor de Bonifacio Ríos expresó: “Primero no creo que ocurra esa hipótesis, nuestra Constitución está por encima. Yo creo que Paraguay siempre va a conservar la posibilidad de nombrar a sus gobernantes y cesarlos cuando así lo considere oportuno”.

Para explicar su postura, hizo una comparación la cesación de Álvar Núñez Cabeza en 1544, en la que, a su criterio, prevaleció la potestad paraguaya. El conquistador español fue Gobernador del Río de la Plata y del Paraguay entre el 11 de marzo de 1542 y el 26 de abril de 1544; hasta que fue desterrado por el Consejo de Indias, acusado de abusos de poder por los disidentes en Asunción, y por el cumplimiento de las Leyes de Indias, que protegían a los indígenas de los abusos de los conquistadores.

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Antecedentes del caso

La denuncia ante la Corte IDH fue elevada el 3 de octubre del 2019, pasando todos los procesos establecidos hasta la notificación de la resolución de convocatoria a audiencia, que se concretó el pasado 14 de diciembre del 2020.

El 7 de octubre del 2019, la Corte Suprema de Justicia envió una notificación al Congreso ordenando la reposición del doctor Bonifacio Ríos Ávalos en su cargo de ministro de la Corte Suprema de Justicia, lo que no fue acatado por el Congreso Nacional bajo el alegato de que se trataba de una cuestión política y no jurídica.

Sin embargo, ya en el 2004, Ríos Ávalos, junto con Carlos Fernández Gadea (fallecido en junio de 2010), ambos destituidos vía juicio político, recurrieron a la Corte Interamericana, pero recién en el 2009 la Sala Constitucional resolvió que el exministro debía ser restituido en el cargo. Ahora, 12 años después, la instancia internacional elevará el caso a juicio.


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