El diputado liberal Antonio Buzarquis planteó, a través de un proyecto de ley, que las vacunas contra el coronavirus puedan ser compradas con los fondos de royalties. La propuesta del legislador es la ampliación de la ley que establece la distribución y depósito de los recursos provenientes de las hidroeléctricas Itaipú y Yacyretá.
Se trata del proyecto de ley “que modifica de manera transitoria el artículo 5° y amplía la Ley Nº 3.984/2010, que establece la distribución y depósito de parte de los denominados royalties y compensaciones en razón del territorio inundado a los gobiernos departamentales y municipales”.
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“Miles de compatriotas y extranjeros se encuentran a la espera de ser inmunizados con las vacunas que tenían que haber llegado al país. Como sabemos, nuestra nación se encuentra entre las repúblicas más relegadas con respecto a las vacunas contra el COVID-19. Este proyecto se presenta con base en esa necesidad y la acuciante situación que atravesamos”, manifestó Buzarquis.
El proyecto busca la modificación, de manera transitoria, del artículo 5°, que quedaría redactado de la siguiente manera: “Como mínimo, el 50% de los ingresos percibidos por los municipios en virtud de la presente ley deberá destinarse por única vez a la adquisición de vacunas que sirvan para la vacunación de los pobladores del municipio ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud, a causa del COVID-19 (coronavirus)”. Mientras que a la parte restante de los recursos, el 30% iría para gastos corrientes y el 20% para gastos de capital.
Igualmente, con esta propuesta se autoriza a los gobiernos municipales la adquisición de vacunas para la inmunización de la población del municipio, mediante un procedimiento de compra directa simplificada, con criterios de eficiencia y transparencia, mediante la contratación por vía de la excepción prevista en la Ley Nº 2.051/2003, “De contrataciones públicas”. Esta ampliación también podrá habilitar la adquisición de proveedores tanto locales como internacionales.
La adquisición de las vacunas y el procedimiento de vacunación serán obligatoriamente coordinados con el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, siempre con base en los criterios técnicos que serán establecidos por la citada cartera estatal, refiere el documento.