El senador liberal Víctor Ríos presentó un proyecto de ley que propone suspender inmediatamente el pago de la deuda pública contraída por el Estado paraguayo. “Es urgente liberar medios financieros, pero recurriendo lo menos posible a nuevas deudas. Existe un medio simple de liberar recursos financieros: consiste en suspender inmediatamente el pago de deuda pública”, sostiene el proyectista de la ley.

El proyecto facultaría al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a suspender durante el ejercicio fiscal 2021 el pago de los servicios de la deuda pública tales como amortización de la deuda pública externa, intereses de la deuda pública externa y comisiones y otros gastos de la deuda externa.

En la exposición de motivos, el senador Ríos se basa en el estudio económico del economista Amílcar Ferreira, en el cual se indica que la deuda externa durante el gobierno Mario Abdo tuvo un aumento de 24,3%, con una cifra que ascendió a los US$ 8.984 millones a abril del 2020.

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En lo que respecta a la deuda de la Ley de Emergencia, de los US$ 1.600 millones del préstamo realizado por Paraguay, unos US$ 77 millones fueron destinados al pago de los servicios de la deuda externa (intereses y comisiones), indica el proyecto de ley.

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¿Qué es la deuda pública?

Por deuda pública o deuda soberana se entiende al conjunto de deudas que mantiene un Estado frente a los particulares u otro país. Se divide en deuda pública interna y deuda pública externa. Se considerará deuda pública interna aquella contraída con personas físicas o jurídicas residentes o domiciliadas en la República del Paraguay, cuyo pago puede ser exigible dentro del territorio nacional.

Se entenderá por deuda pública externa aquella contraída con otro Estado u organismo internacional o con cualquier otra persona física o jurídica sin residencia o domicilio en la República del Paraguay, cuyo pago puede ser exigible fuera del territorio nacional.

¿Cuál es el destino de los fondos provenientes de la deuda pública? De acuerdo con la Subsecretaría de Estado de Economía, el crédito público podrá utilizarse para inversiones productivas, para atender casos de evidente necesidad o emergencia nacional, para reestructurar su organización o para refinanciar sus pasivos, incluyendo los intereses, comisiones y gastos respectivos. Se prohíbe realizar operaciones de crédito público para financiar gastos corrientes.

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