Ante el debate sobre publicar o no la identidad de las personas que son vacunadas contra el COVID-19, el abogado Federico Legal también se refirió al tema y explicó que en estos casos se da un enfrentamiento de derechos.

“Este es un clásico problema en el derecho constitucional que es intimidad versus información que se le denomina generalmente conflicto de derechos, es decir, cuando un derecho colisiona con otro derecho del mismo rango y uno tiene que ceder”, explicó en entrevista para la 1020 AM.

Te puede interesar: Buscan dar respuestas tempranas a situaciones de violencia contra la mujer

El interés general

Sin embargo, en estos casos generalmente tiene que primar el interés colectivo, teniendo en cuenta que el objetivo es controlar el uso y aplicación de las vacunas, para evitar que se realice la aplicación bajo influencias de autoridades.

“Aquí hay que tener en cuenta no solo la circunstancia de la pandemia, sino también tenemos ir un poco a lo que dice la Constitución Nacional, y en eso quiero traer a colación que el artículo 128 de la Constitución dice que tiene que primar el interés general y el deber de colaborar”, sentenció.

“En ningún caso el interés de los particulares primará sobre el interés general. Todos los habitantes deben colaborar en bien del país, prestando los servicios y desempeñando las funciones definidas como carga pública, que determinen esta Constitución y la ley”, expresa el artículo 128.

Leé también: Jóvenes colorados emprenden campaña de limpieza

Resguardar informaciones privadas

El abogado refirió en este sentido que a su criterio personal se debe realizar la publicación de la nómina de personas; sin embargo, se deben resguardar otras informaciones como las condiciones o enfermedades de base que pueda padecer ese paciente. Agregó que en el caso de que la persona considere que esto afectará su intimidad, tiene los elementos para acudir a la Justicia.

“Tenemos que buscar una argumentación racionable para decir que este derecho prevalece sobre otro por esta circunstancia. En este caso particular, mi postura personal es que la nómina de aquellas personas que utilicen la vacuna tiene que ser publicada sin que esto signifique revelar el estado de salud de esas personas sobre otras enfermedades”, puntualizó.

Dejanos tu comentario