Este viernes se reinició el juicio oral al exsenador Víctor Bogado, en el marco de una querella entablada por la diputada Celeste Amarilla por denigración de la memoria de su difunto esposo el político Franklin Boccia (1945-2015). La jueza María Luz Martínez integra el tribunal unipersonal. Tanto Bogado como Amarilla utilizaron las redes sociales para manifestar su posición a sus seguidores.
“Buscando justicia para vos, mi amor”, expresó la viuda de Boccia sobre la difamación que, a su criterio, Víctor Bogado incurrió al referirse a su esposo como el que nombró de manera ilícita a Gabriela Quintana, más conocida como la “niñera de oro”. Gabriela Quintana se desempeñaba como niñera de los hijos de Bogado y a la vez cobraba como funcionaria del Congreso.
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Bogado se exime de culpa
“Capítulo II de la farsa de la Niñera de Oro. Creado por los grupos Corporativos de poder y sus esbirros políticos para sacarme de la Carrera!! En Política la voz del Pueblo es la voz de Dios!!!!Bendecida Jornada!!!” (sic), expresó a su vez el exsenador Víctor Bogado y añadió que en “la política la voz del pueblo es la voz de Dios”, para dar a entender que se encuentra exento de culpa en el polémico caso.
Amarilla buscará justicia
“Esperando juicio oral de Víctor Bogado por denigración de la memoria de mi esposo ‘Anki’ Boccia. Buscando justicia para vos mi amor”, expresó la diputada, regia en puertas al juicio oral. Amarilla no claudica a la querella interpuesta. Supuestamente, Gabriela Quintana también obtenido una contratación en la hidroeléctrica binacional Itaipú mediante una falsa declaración de exclusividad laboral, trabajando así en dos partes y contando con doble remuneración, situación prohibida.
El caso “niñera de oro”
Este caso generó gran indignación ciudadana en Paraguay que derivaron en manifestaciones populares contra los políticos. El incipiente movimiento democrático de protestas ciudadanas forman parte del fenómeno de “Primavera Paraguaya”, el cual se gestó a raíz de las protestas ciudadanas del 15 de noviembre y el 20 de noviembre del 2013.
Pena privativa de libertad
De ser condenado Bogado se expone a una pena de privativa de libertad. Se basan en el artículo 44, inciso 2 del Código Penal, que refiere que, cuando una persona haya sido condenada en los cinco años anteriores, con una pena de menos de un año, no se le puede aplicar la suspensión. El caso de Bogado llegó hasta la jueza Martínez, luego de que los magistrados Elio Ovelar, Sandra Farías y Digno Arnaldo Fleitas se inhibieron de entender en el caso.