La diputada del Partido Encuentro Nacional (PEN), Kattya González, participó ayer de una celebración junto al intendente del sector opositor de Ciudad del Este, Miguel Prieto, sin respetar los protocolos sanitarios establecidos por el Ministerio de Salud, para hacer frente a la crisis sanitaria por el COVID-19.

A través de un material audiovisual difundido en las redes sociales se puede visualizar a la parlamentaria, a Prieto y otras personas entre ellos un grupo mariachis entonar la famosa música “Serenata huasteca”, popularmente cantada por el entonces músico Pedro Infante, sin tener en cuenta el uso de tapabocas y el aislamiento pertinente en un lugar aparentemente cerrado sin ventilaciones, puntos importantes que se deben respetar en el caso de que los acompañantes no formen parte del entorno habitual.

A través de sus redes sociales, González anunció una intensa jornada de trabajo en la zona de Alto Paraná, actividades que incluso se intensificaron teniendo en cuenta la cercanía de las elecciones municipales previstas para el presente año y las presidenciales del 2023.

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“Ya no creo más en el coronavirus”

El 19 de julio del 2020, Prieto había ingresado de urgencia al Hospital Integrado Respiratorio del Instituto de Previsión Social (IPS), tras dar positivo al COVID-19, el jefe comunal incluso mantenía discursos cuestionables en torno a la enfermedad alegando no creer en la misma y se mostraba en sus actividades sin mascarillas.

“Yo en lo personal que me disculpen, pero ya no creo más en el coronavirus, ya no creo, ya no me trago tanto este cuento”, había indicado. Su padre Vicente Prieto, días atrás también había dado positivo a la enfermedad que ya se cobró varias vidas en el Paraguay.

Miguel Prieto tras ser dado de alta el pasado año. Foto: Archivo.

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Normativa promulgada por el Ejecutivo

En el mes de diciembre el Poder Ejecutivo había promulgado la nueva ley de uso obligatorio de tapabocas, ante la propagación del virus y el aumento de casos de COVID-19. La norma del uso obligatorio de mascarillas sostiene que la obligatoriedad rige a partir de los 10 años de edad en todos los lugares cerrados, públicos o privados, con la excepción de lugares de uso privado donde no exista aglomeración. Las personas que cuenten con un aval médico que indique la contraindicación del uso de tapabocas serán exceptuadas y las que cuenten con alguna discapacidad física que impida portarlo. También, en el caso de la realización de actividades que sean incompatibles con su uso por naturaleza. El no cumplimiento de esta normativa puede generar multas.

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