A través de la resolución N° 487/2020, el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) puso en vigencia un régimen excepcional y transitorio de exoneración del pago de multas por mora hasta el 30 de junio del presente año. Beneficia a propietarios de lotes de hasta 30 hectáreas.
La medida busca amortiguar la actual coyuntura económica por la que atraviesa el país a causa de la pandemia del COVID-19. Y apunta a colaborar con el sector campesino estableciendo este régimen transitorio con el propósito de evitar el incremento de la cartera morosa.
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Con esto se pretende dar especial ayuda a aquellas personas que se hallan en situaciones económicas desfavorables y deseen cumplir con sus obligaciones para con el ente rural sin la necesidad de pagar multas por sus atrasos.
Se estableció que durante el primer semestre se exceptuará del pago de multas por mora aplicable al momento de la cancelación de deudas y de las cuotas atrasadas, para aquellos beneficiarios cuyo lote no supere una superficie de treinta hectáreas.
También son beneficiarios de la citada disposición del Indert los adjudicatarios que cancelen la totalidad de la obligación contraída con el ente, cuando la superficie fuere mayor, menor o igual a treinta hectáreas. Asimismo se contempla la exoneración de las multas por mora en el pago de las cuotas atrasadas, siempre el lote fuere menor a 30 hectáreas.