Los senadores, en su sesión ordinaria del jueves, tratarán el proyecto de ley “Que sanciona la venta y recarga de medios de pagos electrónicos del Sistema Nacional de Billetaje Electrónico a precios superiores a los fijados oficialmente”.
La convocatoria se encuentra prevista para las 9:00 y la propuesta figura en el punto 5 del orden del día. Al respecto, el proyecto estipula que la autoridad de aplicación, la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco), queda facultada a supervisar, fiscalizar y sancionar todo lo relativo a las conductas reglamentadas en las mismas, excepto en lo previsto en el artículo 7.
El proyecto fue girado a las comisiones de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, Derechos Humanos, Obras Públicas y Comunicaciones e Industria, Comercio y Turismo que aconsejan la aprobación del documento, pero con modificaciones.
Prohibiciones establecidas en la propuesta
En cuanto a las prohibiciones, en lo que respecta al Sistema Nacional de Billetaje Electrónico quedan prohibidas las siguientes conductas: ofrecer y/o vender los medios de pagos electrónicos habilitados a los consumidores finales a un precio mayor a lo fijado por las respectivas empresas prestadoras del servicio emisoras.
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También está prohibido ofrecer y/o realizar recargas de los medios de pagos electrónicos a los consumidores finales por un monto superior al valor de la recarga realizada. Respecto a las sanciones, el proyecto refiere que las personas físicas o jurídicas que cometan algunas de las conductas prohibidas serán sancionadas por la autoridad de aplicación con multas de entre 10 y 30 jornales mínimos para actividades diversas de la capital.
El Poder Ejecutivo reglamentará la escala de multas y su aplicación, teniendo presente la reincidencia y reiteración de la conducta y la proporcionalidad del daño ocasionado al consumidor final. La autoridad de aplicación podrá actuar de oficio o en función de una denuncia recibida del afectado o un tercero.
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