El pleno de la Cámara de Senadores sancionó el proyecto de ley “que dispone la obligatoriedad temporal del uso de mascarillas higiénicas o de elementos de protección que cubran la nariz, boca y mentón, y del cumplimiento de las medidas de protección contra el COVID – 19”. La iniciativa ahora pasa al Poder Ejecutivo para su posterior estudio.
Este proyecto fue modificado por la Cámara de Diputados, por lo que volvió a la Cámara Alta, donde los senadores aceptaron los cambios planteados y fue aprobado con modificaciones con respecto al proyecto inicial.
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En la versión inicial los senadores establecieron cobrar una multa en el caso de incumplir la ley, Diputados modificó esta versión y estableció que la misma recaiga sobre los responsables de los lugares donde está establecido su uso obligatorio. La multa será de dos jornales mínimos, en el caso de que se reincida el local se cerrará por 10 días, si existe una segunda vez será clausurado permanentemente.
Con esta normativa se dispone que el uso de mascarillas o algún elemento que cubra la nariz, boca y mentón sea obligatorio a partir de los 6 años de edad. Debe utilizarse en lugares públicos y privados. En el caso de que asistan a un lugar con más de cinco personas en un espacio donde la distancia sea menor a un metro y medio, también deben usar el tapabocas.
Los lugares donde estará rigiendo esta reglamentación será en los centros de salud, lugares educativos, restaurantes, bares, comercios, hoteles, casinos y establecimientos religiosos y otros. La vigencia de la misma será mientras dure la pandemia del COVID-19.
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