El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, promulgó la Ley 6.628 que establece la gratuidad de los cursos de admisión y de grado en todas las universidades públicas del país, normativa conocida como “arancel cero”. La medida alcanza a los egresados de colegios públicos y subvencionados. Sin embargo, los estudiantes del sector privado podrán solicitar la exoneración si se encuentran en situación de vulnerabilidad.
El Ejecutivo tiene un plazo de 90 días para reglamentar la ley, que fue publicada ya el pasado 19 de octubre del 2020. Así lo confirmó el asesor jurídico de la Presidencia, Hernán Huttemann. La normativa establece que los costos deben ser financiados por el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide) y el Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación.
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Con esto, se estableció la gratuidad de los cursos de admisión y de grado en todas las universidades públicas del país, en el Instituto Superior de Bellas Artes, el Instituto Nacional de Educación Superior y en institutos de formación docente dependientes del Ministerio de Educación y Ciencias.
En este sentido, se estableció que los recursos del Fonacide serán distribuidos de la siguiente manera: 25% al Tesoro Nacional, para programas y proyectos de infraestructura, 26% al Fondo para la Excelencia de la Educación e Investigación, 25% a los gobiernos departamentales y municipales, 10% para el Fondo Nacional para la Salud, 7% para la capitalización de la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD), 7% para las universidades públicas del país, el Instituto Superior de Bellas Artes, el Instituto Nacional de Educación Superior e institutos de Formación Docente, dependientes del Ministerio de Educación y Ciencias.