El senador liberal Abel González destacó la promulgación de la Ley Nº 6588 “Que limita las comisiones cobradas por las operaciones comerciales a través de medios de pagos electrónicos”, que estipula que el porcentaje cobrado por intermediación no podrá ser superior al 1% del valor de la operación de depósito de moneda extranjera.
La ley fue sancionada el pasado 30 de julio en la Cámara de Senadores y promulgada por el Poder Ejecutivo el 10 de agosto último. De esta manera, se regula el cobro de comisiones que realizan las entidades financieras a sus clientes por el depósito de monedas extranjeras. Así también, en cuanto a transacciones por tarjetas de crédito y débito la comisión a ser cobrada tiene el tipo del 3% del valor de la operación.
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Sobre el cobro específico de comisiones por depósito de dinero en moneda extranjera, estipula que el porcentaje máximo a ser percibido por las entidades financieras reguladas y supervisadas por el Banco Central del Paraguay (BCP) y cooperativas sobre el depósito del dinero en efectivo en moneda extranjera no podrá ser superior al 1% del valor de la operación.
Con esta ley se regulan las comisiones percibidas por las entidades financieras, cooperativas y entidades comerciales que realizan intermediación financiera y aquellas que procesan y administran los instrumentos de pago, cualquiera sea su técnica o especie, que permitan la interconexión simultánea con los emisores, con el propósito de facilitar el comercio, proteger los derechos del consumidor y la defensa de la libre concurrencia.
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