El diputado colorado Raúl Latorre, en conferencia de prensa en la Cámara de Diputados, presentó el proyecto de ley “Que establece inhabilitación para candidatos a cargos electivos con antecedentes de corrupción”. La propuesta es que la pena de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas sea igual que la pena principal como mínima, y como máxima 20 años de impedimento para candidatarse a cargos electivos.

“Lo que se busca es evitar que los corruptos ocupen los espacios de poder”, expresó Latorre. El proyecto gira en torno a dotar de una herramienta legislativa para que fiscales peticionen y jueces apliquen como pena complementaria la inhabilitación para las candidaturas de senadores, diputados, intendentes y concejales, que cuenten con antecedentes comprobados de tipos penales específicos que tiene relación con hecho de corrupción, se subraya como argumento.

Consultado sobre el eventual apoyo de sus colegas diputados y posteriormente en senadores expresó: “Yo estoy convencido que el principio va a prevalecer. Vamos a socializar mediante audiencias públicas virtuales”. Daremos una herramienta legislativa útil, indicó.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Leé también: La República: Acevedo propone establecer un acuerdo político para evitar convulsiones

Sobre la baja cantidad de condenas efectivas en casos de hechos corrupción en manos de la Justicia señaló: “Uno de los frentes se da en los estrados judiciales, otros en estos espacios legislativos. Aquí generamos obstáculos para que corruptos no lleguen al poder. A la Justicia le toca hacer su trabajo”.

Los hechos punibles que cuenten con condena a ser considerados serían cohecho pasivo, cohecho pasivo agravado, prevaricato, lesión corporal en el ejercicio de sus funciones públicas, tortura, persecución a inocentes, exacción, cobro indebido de honorarios, infidelidad en el servicio exterior, revelación de secretos de servicios, difusión de objetos secretos, violación del secreto del correo, inducción al subordinado a un hecho punible, etc.

En la exposición de motivos se indica que en la Constitución Nacional, en su Art. 197, se determina que no podrán ser candidatos a senadores ni a diputados “los condenados a penas de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, mientras dure aquella”. Así también señala que la ley orgánica municipal determina las mismas inhabilidades, en este caso deben ser aplicadas a los candidatos a concejales e intendentes.

También te puede interesar: Municipios fronterizos requieren de un tratamiento especial, aseguran intendentes




Déjanos tus comentarios en Voiz