El diputado colorado Derlis Maidana, titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara Baja, sostuvo que mediante el proyecto de ley sancionado ayer respecto a las declaraciones juradas no se despenaliza el falseamiento de los datos, incluso le otorga a la Contraloría General de la República y otros organismos mayores facultades como, por ejemplo, el establecimiento de multas.
“Estuve leyendo las declaraciones del presidente, en las que hablaba que sí se despenaliza cualquier anomalía con relación a la declaración jurada que iba a vetar, pero a nuestro modesto entender eso no se establece con este proyecto. En ningún momento se despenaliza, lo que se habla es que las declaraciones juradas son un acto unilateral, administrativo, en el que la Contraloría si no se siente satisfecha, puede aplicar multas, y si no se siente conforme, elevar los antecedentes a la Fiscalía”, indicó.
Las declaraciones del parlamentario surgieron tras el anuncio del presidente Mario Abdo Benítez, quien afirmó hoy que estará vetando la propuesta en el caso de que “realmente se despenalice el falseamiento”.
Al respecto, el colorado sostuvo que el proyecto es “bastante claro”, tanto en su inciso 8 del artículo 4 y en el artículo 3, inciso 4. “No se despenaliza; al contrario, se le da amplia facultad a la Contraloría entre otras instituciones al no sentirse satisfechas a aplicar multas y presentar las denuncias ante el Ministerio Público y el Poder Judicial. Los delitos están expresamente establecidos en el Código Penal, en ninguna parte del proyecto se deja de lado eso. Lo que nosotros sostenemos es que no se le vetó ninguna función a la Contraloría”, sentenció.
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Las declaraciones del parlamentario surgieron mediante una comunicación con la radio Universo 970 AM y el canal GEN. Incluso, Maidana convocó a una conferencia de prensa en Diputados para aclarar el alcance del proyecto sancionado por el Poder Legislativo.
“En el marco de la presente ley, la Contraloría General de la República tendrá los siguientes deberes y atribuciones. Inciso 8, denunciar ante el Ministerio Público y los órganos jurisdiccionales competentes cuando los resultados obtenidos de las investigaciones realizadas revelen indicios de irregularidades y enriquecimiento indebido, a los efectos de que los mismos inicien los procesos que correspondan”, dijo.
No varía mucho con la ley actual
Por otra parte, mencionó que lo aprobado no varía mucho con la actual ley respecto a la necesidad de contar con un pronunciamiento por parte de los órganos jurisdiccionales para lograr acceder a los datos de los funcionarios públicos.
“Esto sostenemos todos los diputados que aprobamos este proyecto y también el artículo 3, inciso 4, que es la autorización expresa y revocable del declarante que faculta a la Contraloría a través del pronunciamiento de los órganos jurisdiccionales a dar a conocer las informaciones contenidas en su declaración jurada, esto no varía mucho con la ley vigente, la ley madre es la 5.036 del 2013, otra modificatoria de la 6.355 del 2019, en todos los casos se mantiene la autorización jurisdiccional”, remarcó.
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