El Consejo de la Magistratura decidió postergar la integración de las ternas para los cargos de Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Penal, Laboral, de la Niñez y la Adolescencia de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú, del Edicto N° 15/2018 y jueces de diversos fueros del Edicto N° 07/2019. La decisión fue tomada en el marco de la sesión extraordinaria presencial y virtual.
En este contexto, el pleno resolvió que estos cargos sean objeto de un informe de auditoría que realizará la Dirección Jurídica de la institución, a fin de cotejar en el sistema de Criterios de Selección de Magistrados (Crisema) la nómina de postulantes habilitados y verificar los perfiles bloqueados para el estudio correspondiente en una próxima sesión.
Igualmente, se analizó lo relacionado a la etapa de exámenes de conocimientos del Edicto 09/2019 y 01, 02, 03 y 04 del 2020, que fueron postergados a raíz de la pandemia del coronavirus. En este caso, los miembros del consejo resolvieron efectuar una verificación acabada del total de postulantes y de acuerdo a su localidad inscripta a fin de obtener datos precisos que encaminen una disposición final para dicha etapa.
En la sesión extraordinaria también se trataron las notas ingresadas y se decidieron sobre los reclamos efectuados por postulantes, con el acompañamiento de dictámenes elevados por la dirección jurídica del organismo. La sesión fue trasmitida en directo por las plataformas de la institución.
Te puede interesar: Alegan que recortes pueden afectar el funcionamiento de las fuerzas públicas
Dejanos tu comentario
Viceministro critica a jueces por liberar a docente acosador
El viceministro de Protección Integral del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia (Minna), Eduardo Escobar Said, cuestionó las acciones, tanto de los magistrados que integraron el Tribunal de Sentencia como del fiscal que llevó el caso, por haber liberado al docente villarriqueño, de 53 años, acusado por acoso contra una niña de 11 años, quien fuera su alumna.
A través de su cuenta de red social X, el viceministro realizó su descargo y expresó su preocupación ante este hecho, que golpea fuertemente a todo el sistema de prevención y protección de niños, niñas y adolescentes en los casos de abusos en todas sus formas.
“Luego de una semana difícil por numerosos casos de abuso sexual en niños, en los cuales los operadores de Justicia lastimosamente no estuvieron a la altura; reflexiono sobre este pensamiento del profesor Juan José López Ortega, del cual tuve la fortuna de ser su alumno en la Universidad Carlos III de Madrid”, indicia la reflexión de secretario de Estado.
El mismo cuestionó el “esmero” de los veladores de la Justicia en este caso y, principalmente, sobre los derechos de protección a la niña víctima en este caso. “Me pregunto: ¿pusieron estos jueces y fiscales el esmero para llegar a la tan mentada ‘verdad verdadera’ en un caso tan delicado como lo es un abuso sexual a una niña?”, lamentó.
En ese mismo sentido, también cuestiona: “Señores magistrados, ¿les parece justo una absolución en un caso tan grave?, ¿pelearon con esmero por la Justicia?, ¿pelearon por la justicia a una niña víctima por parte de una persona que tenía el deber de cuidarla como lo es un profesor?”.
También lamentó que a pesar de la preparación que puedan tener los jueces que dieron su veredicto, u otros jueces que llevan casos similares, no serviría de nada si el fiscal de la causa “no puede redactar una acusación en forma”, o que un juez penal de Garantías no puede ejercer su rol de contralor del proceso y corregir el tipo penal por el que fue imputado el acusado.
Ante toda esta situación, expresó: “Señores magistrados, lamento informarles que no hacen honor a la investidura que poseen circunstancialmente, ni demuestran la capacidad ni el compromiso que requiere un jurista”.
Dejanos tu comentario
Corte recuerda a jueces prohibición de recibir regalos y actualiza normas de seguridad en el Poder Judicial
La Corte Suprema de Justicia recuerda que por Resolución N° 11.791, de fecha 12 de febrero de 2025, se resolvió regular y consolidar de manera uniforme las normas relacionadas con la seguridad, el orden y la preservación de la imagen institucional del Poder Judicial. En este marco, informa que se ratificaron ciertas disposiciones aprobadas previamente.
Asimismo, la máxima instancia judicial reitera a todos los magistrados que está prohibido recibir regalos y/o beneficios que pudieran provenir de abogados y/u otras personas interesadas en juicios tramitados en sus tribunales o juzgados.
Esta disposición se extiende al cónyugue y a los hijos que se encuentran bajo la patria potestad del magistrado o funcionario.
Los integrantes de la máxima instancia judicial mencionaron que la Dirección de Seguridad y Asuntos internos sea la encargada de velar por el cumplimiento de la presente resolución, garantizando la observación de las disposiciones establecidas en la misma.
Igualmente, la Corte recordó la prohibición del ingreso de artículos eléctricos que no sean propiedad de la institución. (Aprobado por Acta N° 32 el 16 de setiembre de 2014), la prohibición del ingreso dentro de todos los recintos del Poder Judicial de todo tipo de mercaderías o productos de cualquier naturaleza a ser ofertados o comercializados, tanto por vendedores ambulantes como por funcionarios de la institución. (Aprobado por Resolución N° 4950 del 18 de marzo de 2014).
También está prohibido a funcionarios de todos los grados, a profesionales y justiciables, fumar cigarrillos, utilizar vapeadores o emplear inciensos, en todas las oficinas y sanitarios del Poder Judicial. (Ley Nº 825/14, “De protección de no fumadores”) y la obligatoriedad de apagar y desconectar todos los equipos eléctricos e informáticos al término de la jornada laboral. Los superiores jerárquicos de cada ámbito son responsables por el cumplimiento de la presente disposición. (Aprobado el 24 de noviembre de 2015).
Podes leer: enuncian a gremio de funcionarios del IPS por evasión de aportes a la seguridad social
Dejanos tu comentario
Estos son los jueces que liberaron a docente que envió 600 mensajes a su alumna: “Sos súper sexy”
Tras la polémica decisión tomada por los jueces, de absolver al maestro que acosó a su alumna de 11 años a pesar de tener las pruebas del hecho en sus manos, estos siguen intentando justificar su actuar culpando a la Fiscalía, que supuestamente no presentó pruebas suficientes, desde el Ministerio Público desmintieron este argumento.
Según los magistrados, para condenar al maestro debían existir fotos de carácter sexual o alguna constancia de que se concretaron las citas que tenía prevista el docente con la niña, ignorando por completo las más de 300 capturas de pantalla con los mensajes del docente acosando a la alumna.
Los jueces que liberaron al docente, a pesar de las pruebas en su contra son: Julio Alfonso, Juan Ruiz Díaz Gamba y Víctor Ortigoza, quienes conformaron el Tribunal de Sentencia de Villarrica y decidieron dar su libertad y perdonar de culpa y pena al profesor de 53 años, quien envío más de 600 mensajes a la niña de 11 años. La denuncia fue realizada en el 2022 por la madre y esta semana se dictó el polémico veredicto.
“Se trata de un caso muy sensible. La Fiscalía en su acusación de abuso por medios tecnológicos menciona que le dijo cinco palabras que está en la acusación. Estas fueron: “Que la quería”, “Que estaba linda”, “Que era hermosa”, “Amor” y “Mi princesa”. También, incluyeron que le lleve la tarea, pero que nunca se concretó”, dijo el juez Julio Alfonso, en el programa “Dos en la Ciudad” de canal Gen y Universo 970, minimizando por completo el tenor justamente de estas frases.
Lea también: Docente acosador: preocupa al MEC revictimización de estudiante
Expresó que para que sea viable la acusación de abuso sexual por medios tecnológicos, las pruebas deben ser de contenido sexual. “Deben existir mensajes en el que exija que haga actos sexuales o que le envíen mensajes de sí misma con contenido sexual. Esas son las variables, deben ser justificadas con las evidencias. Tras tomar declaración a la niña, no encontramos un solo elemento que haya justificado esta cuestión”, apuntó, sin embargo, en las capturas de pantalla se evidencian las intenciones que habían detrás de esos mensajes.
Indicó que se trata de un hecho que se configura como un suceso repudiable con trascendencia y que debe tener una sanción administrativa como ética, pero no amerita una pena carcelaria. “La ley es dura, pero es la ley. Nuestra función es garantizar el debido proceso y estrictamente conforme a las normas“, justificó el magistrado.
Entre los mensajes que el docente envío a la niña de 11 años y que fueron presentados en capturas de pantalla al Tribunal de Sentencia, se podía apreciar frases como: “sos súper sexy”, “te adoro, te amo, mi princesa”, “te pido que vengas sola en casa, sin que nadie se entere, para besarte desde la punta de los pies”. Estos fueron omitidos por los jueces que finalmente liberaron al hombre y solicitaron al Ministerio de Educación que tome sanciones administrativas.
Dejanos tu comentario
Caso acoso: Senado insta al JEM a investigar a jueces y fiscal que absolvieron a docente
La Cámara de Senadores aprobó este miércoles el proyecto de declaración que insta al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) a investigar a los miembros del Tribunal de Sentencia de Villarrica, que terminaron absolviendo al docente Eustaquio Insaurralde. El magistrado está acusado de abuso por medios tecnológicos a una alumna de 11 años de edad.
La decisión adoptada por los jueces Julio Alfonso, Víctor Ortigoza y Juan Ruiz Díaz terminó generando el repudio ciudadano, teniendo en cuenta la existencia de pruebas contundentes contra Insaurralde, docente de 56 años de edad.
Un total de 600 mensajes fueron enviados por Insaurralde, en donde supuestamente le decía a la niña “quiero sentir tu cuerpo” “sos super sexy, un sueño, te adoro, te amo mi princesa, mi niña me vuelves loco”, “te pido que vengas sola a casa, sin que nadie se entere, para besarte desde la punta de los pies”.
El documento aprobado por los parlamentarios en su sesión ordinaria de la fecha refiere que “este constituye un caso de suma gravedad, ya que guarda relación con hechos punibles que afectan la integridad de una niña e involucra a un docente, agravado por el hecho de ostentar un cargo, cuya función debería mostrar un especial deber del cuidado”.
Lea también: Operativo Berilo: Corte destraba caso y juez puede fijar audiencia preliminar
La iniciativa agrega que “las estadísticas informadas por organizaciones especializadas en el ámbito refieren que este tipo de hechos punibles representan un verdadero problema a nivel nacional, razón por la cual este tipo de decisiones adquieren una importancia especial”.
El fallo a favor del denunciado brinda la posibilidad de que Insaurralde vuelva a la enseñanza en la misma institución de la que fue apartado al iniciarse el proceso judicial. La acusación fue impulsada por la madre de la niña en el año 2022.