Víctor Cano Piris

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“La Corte está preocupada por el incremento de la violencia en los hogares en situaciones de encierro”, adelantó en entrevista con La Nación, Ricardo Pérez Manrique, magistrado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Habló además sobre qué derechos deben tenerse en cuenta, las violaciones de DD.HH más recurrentes, y otros temas de interés que se generan, principalmente durante esta época de aislamiento, generada por la pandemia del COVID-19.

¿Qué derechos deben tener en cuenta los Estados, principalmente durante una pandemia?

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La Corte entiende que los Estados deben ajustar sus políticas al estado de derecho y a garantizar los derechos humanos. En este comunicado se cita cuales son las áreas problemáticas y de qué manera debe procederse, conforme al respeto humano. Se menciona que los desafíos extraordinarios de esta pandemia deben ser tratados a través del diálogo, la cooperación internacional y la solidaridad. Las restricciones deben ser temporales y proporcionales al derecho que preservan, conforme a criterios científicos racionales. Los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley deben ajustarse a los principios de absoluta necesidad, proporcionalidad y precaución.

Hay que hacer énfasis también en la necesidad de preservar las fuentes de trabajo hoy, y tener en cuenta las debilidades de los Estados. Hay muchísimas personas en todos los países de nuestra región que no cuentan con un trabajo formal, sino que día a día salen a conseguir lo necesario para sobrevivir. Y que ante esto, los Estados, a través de políticas generales deben garantizar que se satisfagan las necesidades básicas imprescindibles, de manera a sustentar el principio humano de la vida digna. Ante la presunta dicotomía entre economía o Salud, una no se sustenta sin la otra, una depende absolutamente de la otra.

El derecho a la salud debe garantizarse respetando la dignidad humana y observando los principios fundamentales de la bioética, de conformidad a los estándares interamericanos en cuanto a su disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad. Que la cibervigilancia sea limitada y proporcional a las necesidades sanitarias y que no implique una injerencia desmedida y lesiva para la privacidad, la protección de datos personales, y a la observancia del principio general para no discriminar. Es indispensable que se garantice el acceso a la justicia y a los mecanismos de denuncia, así como se proteja particularmente la actividad de las y los periodistas, y las defensoras y los defensores de los derechos humanos.

¿Qué significa que las medidas de los gobiernos que restrinjan los derechos se ajusten a la ciencia y que sean proporcionales?

La Corte IDH insta a los gobiernos a que las restricciones de algunos derechos humanos que se adoptan para combatir y evitar la propagación del COVID-19, -especialmente el de la libertad ambulatoria, de movernos de un estado a otro- se hagan en el marco de los principios generales del sistema interamericano de DD.HH, y de la jurisprudencia de la Corte. Que tenga una fuente legal, es decir, que sean legítimas, que sean proporcionales al derecho que se quiera preservar. Y por supuesto, que puedan ser objeto de revisión judicial. En este punto, la Corte insiste mucho en el acceso a la información de Justicia.

Una medida que no esté justificada científicamente, sería una medida que no cuenta con un sustento racional adecuado. Las medidas deben estar supeditadas a una verificación académica. La Corte está principalmente preocupada por el incremento de los casos de violencia que se dan en los hogares en situaciones de encierro. La violencia es sistemática en nuestra región. La Corte está preocupada por la violencia hacia niños y jóvenes, así como también hacia migrantes e indocumentados. Sobre estos últimos, hay que tener en cuenta que son millones en nuestra región y que están en condiciones muy precarias. También los pueblos aborígenes, a los cuales es más difícil acercar el apoyo y preservar su aislamiento.

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Sobre el estado de derecho y el sistema democrático ¿cree usted que se verían muy afectados tras esta pandemia?

Existe la necesidad de observar el acceso a la Justicia, la defensa de la libre circulación de la información, de preservar las libertades de expresión, de la integridad física e intelectual del periodista y de los defensores de los derechos humanos, porque se entiende que la principal garantía es la libre circulación de información veraz y confiable. En este sentido, lo que más preocupa de estas medidas es la cibervigilancia que se está aplicando en algunos países.

En un país como Paraguay ¿cuál cree usted que debería ser el papel de la Justicia tras superar la crisis?

En todas las circunstancias, en el marco del estado de derecho, la función de la Justicia es justamente la garantía de que los derechos de las personas y de las minorías más débiles, y el actuar con independencia e imparcialidad, va más allá de cuán poderosos sean los intereses que están en juego en el proceso, o de los que están reclamando una decisión judicial. Yo creo que en esto, el Poder Judicial tiene un rol muy importante para que sea un factor de equilibrio para evitar que se comentan estos abusos a los derechos que estamos alertando.

Perfil

Nombre: Ricardo César Pérez Manrique
Cargo actual: Juez de la Corte Interamericana de Derecho Humanos
Nacionalidad: Uruguaya
Trayectoria:
  • Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República Oriental del Uruguay
  • Presidente de la Asociación Uruguaya de Magistrados y operadores judiciales de Familia, Infancia y Adolescencia
  • Exvicepresidente por Uruguay de la Asociación Mercosur de Jueces de Infancia y Juventud.
  • Integró la Comisión Revisora del Proyecto del Código de la Niñez y Adolescencia de Uruguay.

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