Este lunes la jueza Magdalena Narváez decretó la libertad ambulatoria del diputado con permiso, Ulises Quintana, recluido en la cárcel de Viñas Cué por presunto vínculo con el narcotráfico. La magistrada alega que no existe peligro de fuga ni obstrucción en el proceso de investigación.
“El artículo 242 del Código Procesal Penal establece cuáles son los presupuestos que se exigen para la aplicación de una medida privativa de libertad, estos presupuestos deben darse en forma conjunta y en estos presupuestos está el peligro de fuga y la obstrucción a la investigación. A esta altura del proceso no podríamos estar hablando de una obstrucción a la investigación”, explicó la jueza.
Sostuvo que en el tema del peligro de fuga se tuvo en cuenta el arraigo del procesado con el país, como la función laboral que ejerce, siendo abogado y diputado, además de acceder al cargo mediante el voto popular. La jueza también tuvo en cuenta el comportamiento durante la investigación del diputado con permiso.
Indicó que Quintana se presentó de forma voluntaria, en su momento, para colaborar en el proceso y someterse a la justicia, hecho que jugó a su favor para ser beneficiado con la libertad ambulatoria. La magistrada destacó que tampoco se declaró la rebeldía de Quintana.
“No ha demostrado una intención de no someterse al proceso y esto significa que el seguirá el proceso pero en libertad. La reglas de conducta que se ha impuesto son la comparecencia mensual ante el juzgado, prohibición de salir del país sin autorización del juzgado, prohibición de cambiar de domicilio y una fianza real de 460 millones de guaraníes y una fianza personal de su abogado por valor de 500 millones de guaraníes”, agregó.
Ulises Quintana fue procesado por su supuesto vínculo con el sonado caso “Berilo". Lo acusan de formar parte de un esquema del presunto narcotraficante Reinaldo Cabaña, alias “Cucho”.
Fue imputado por los hechos punibles de enriquecimiento ilícito, lavado de dinero, exportación e importación de drogas Ley 1340/88, asociación criminal dentro del tráfico de drogas artículo 42 de la Ley 1340/88 y tráfico de influencias.