La Cámara de Diputados rechazó la objeción total del Ejecutivo, al proyecto de ley Nº 6157/2018, que establece un régimen de indemnización de los gestores combatientes del levantamiento del 2 y 3 de febrero del año 1989, por el que cayó la dictadura de Alfredo Stroessner. El documento pasa al Senado.

La objeción total del proyecto fue remitido por el Poder Ejecutivo y girado a las Comisiones de Asuntos Económicos y Financieros, de Defensa Nacional, Seguridad, Inteligencia y Orden Interno, de Presupuesto, de Derechos Humanos y de Ciencia y Tecnología.


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El Poder Ejecutivo había vetado dicho proyecto, argumentando que luego de un estudio realizado por los ministerios de Defensa y del Interior, habrían concluido en que se podría generar una “confusión”.

“Pudiendo generar conflicto de interpretación en las entidades encargadas del cumplimiento de este mandato, en caso de ser promulgado en dichas condiciones el referido proyecto de ley”, mencionada el decreto en el que devolvía el proyecto a la Cámara de Diputados.

En el documento se establecía que el pago de la indemnización sería por única vez para los mismos excombatientes y para los parientes consanguíneos en primer grado. Los primeros recibirían más de G. 235.515.000 (3.000 jornales), mientras que los herederos percibirían G. 157.000.000 (2.000 jornales).

De los trámites de rigor de la indemnización, se encargaría el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior. Los beneficiarios tendrán hasta 30 meses de plazo, desde la promulgación para el reclamo.

Según Diputados, habrían apoyado el proyecto para apoyar el resarcimiento a quienes trajeron la democracia al Paraguay, ofreciendo sus vidas, o arriesgándola. También el proyecto beneficia a los herederos hasta el primer grado de consanguineidad en caso de ausencia del combatiente.

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