“Lo que realizó Seprelad es un informe de 5 años y así no funciona la contabilidad. Requerí que el fiscal René Fernández me aclare sobre esos movimientos bancarios que se deben corroborar”, dijo Sara Parquet, abogada de Óscar González Daher.
En un actitud bastante defensiva, Parquet sostuvo que González Daher tiene “mucho que contar”, cuestionando que la Fiscalía hizo su carpeta en base al informe de la Seprelad. "Toda la imputación esta copiada. El fiscal hizo un ‘copy paste’ del informe de la Seprelad. La imputación -como la que hizo René Fernández- está incompleta”, agregó.
Indicó que de todos aquellos documentos que fueron secuestrados y lacrados no vinieron con el informe de la Seprelab, para que se pueda corroborar.
Sostiene que tanto Óscar González Daher como su hijo tienen suficiente arraigo y que no tienen intenciones de fugarse. Afirma que tienen manera de probar sus ingresos y lo harán el día de la indagatoria. “(Óscar) no tiene 15 inmuebles, tiene 92, adquiridos mucho antes que el fuera diputado, desde el año 1981. ¿De qué hecho de enriquecimiento ilícito están hablando?”, cuestionó.
Mencionó que lo que hace la Seprelad es tomarle su movimiento bancario de los últimos 5 años y que la fiscalía debe comprobar para poder imputar. “Si definidamente se toma la medida de prisión preventiva, ¿quién va a pagar o ser responsable por este agravio?”. “Desde el inicio debí haber recusado al fiscal por haber sido demorada indebidamente por su orden”, aseveró Parquet.
El fiscal René Fernández Bobadilla imputó hoy al exsenador Óscar González Daher y a su hijo Óscar Rubén González Chaves. Los hechos por lo que están siendo investigados son enriquecimiento ilícito en la función pública, declaración falsa y lavado de dinero.
El Ministerio Público solicitó la detención tanto del padre como del hijo y ordenó el embargo de sus bienes. Pasando las 14:00, ambos se presentaron en la Unidad de Delitos Económicos del Ministerio Público acompañados de las abogadas Sara Parquet y Cecilia Pérez.
Otra medida cautelar solicitada por el agente fiscal es el embargo preventivo de todos los bienes que se encuentran dentro de las entidades financieras locales, a nombre de Oscar González Daher y Oscar Rubén González Chaves, ya sea dinero, títulos o créditos.
Se dio inicio a una investigación penal, en base a un informe presentado el 29 de junio de este año, por la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes ante la Fiscalía General del Estado. Para tal indagación fueron asignados los agentes fiscales René Fernández y Liliana Alcaraz.
“Los hechos”
La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD) había recibido un reporte de operaciones sospechosas por parte de las entidades bancarias, en los cuales se encontraban relacionados padre e hijo, en este caso se trataba de Oscar Alberto González Daher y Oscar Rubén González Chaves.
Los bancos reportaron a los mismos a causa de insuficiencia documentaría y por una dudosa actitud por parte de sus clientes, al no presentar los documentos que coincidieran con las operaciones registradas en la cuenta bancaria habilitada. En el informe se hizo referencia al vínculo existente entre los dos, en donde se probó que eran familiares y la firma Príncipe de Savoia S.A. perteneciente a ambos.
Oscar González Daher, ha generado desde el año 2001 hasta el año 2018, un total de nueve declaraciones juradas patrimoniales de ingresos y egresos. En todas las declaraciones ha señalado como datos de su cónyuge, a la escribana Nélida Josefina Chaves, siendo el régimen patrimonial el de mancomunión de bienes, situación que no ha variado hasta la fecha.
Según informes de los bancos Sudameris y Continental en una caja de ahorros contaba con valores millonarios. Este dinero no figuraba en ninguna de las declaraciones juradas. Dichos valores en un 50% correspondían a Oscar González Daher. Las sumas y activos movidos dentro del sistema financiero superan los ingresos legales de los procesados, lo cual se presume el origen ilícito de dichos fondos por un valor considerable.
El enriquecimiento ilícito es un crimen y es aplicable a toda persona que cumpla una función pública, el que cometiera este hecho punible será sancionado con pena privativa de libertad de 1 a 10 años.