El diputado José Rodríguez presentó un proyecto de ley por el cual propone aumentar las penas carcelarias por los distintos tipos de maltrato animal. Se prevén hasta ocho años de prisión, además de otros tipos de sanciones. El proyecto de ley de protección y bien animal busca reconocer a los animales como seres con capacidad de sentir y sujetos de derechos.
El artículo 40 detalla los hechos que pueden ser considerados de acción penal pública, pasibles de hasta ocho años de cárcel, entre ellos, el más grave de todos: el que sacrifique animales con procedimientos que entrañen sufrimientos físicos o psíquicos. El que, con conducta dolosa, dé muerte a un animal sin tratamiento humanitario.Además, el que maltrate animales o los someta a cualquier práctica que entrañe dolor sin previo uso de anestesia. El que suministre drogas, alimentos o fármacos que contengan elementos que causen sufrimientos.
LEY ACTUAL
La ley actual, la 4840/2013 es la que se quiere modificar, establece actualmente las pautas mínimas que regulen la protección de los animales domésticos, silvestres y exóticos en cautiverio. En el capítulo de multas se mencionan los montos y las causales. En el Artículo 38 se menciona sobre las infracciones muy graves y las multas correspondientes, además de la prohibición de adquirir o poseer otros animales por un plazo que podrá ser de hasta 10 (diez) años.
En el Artículo 39 se describe sobre las infracciones mínimas y máximas imponibles, que son las siguientes: a) Las infracciones leves se sancionarán con una multa de 5 (cinco) a 100 (cien) jornales mínimos; b) Las infracciones graves se sancionarán con una multa de 101 (ciento uno) a 500 (quinientos) jornales mínimos; c) Las infracciones muy graves, de 501 (quinientos uno) a 1.500 (mil quinientos) jornales mínimos.