La sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros César Diesel, quien tras el sorteo salió preopinante, Víc­tor Ríos y Gustavo Santan­der, debe estudiar si corres­ponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad pro­movida por Gisele Mousques, quien recurrió a la máxima instancia judicial para dejar sin efecto la resolución de la jueza Rosana Frutos, quien actuó en grado de apelación y ha revocado el fallo de la jueza de Paz Gloria Machuca, quien había admitido la denuncia por violencia contra la mujer contra el empresario Cris­thian Chena y la firma Resu­men de Noticias.

El ministro Diesel será el preopinante sobre la admisi­bilidad de la acción de incons­titucionalidad presentada por Mousques para luego de dicho paso estudiar el fondo de la cuestión que se plantea y a su vez se tendrá una resolu­ción de la sala constitucional de la Corte sobre si se anula el fallo de la jueza Frutos, quien actuó en grado de apelación y queda firme la resolución de primera instancia donde se ha encontrado responsable de violencia contra la mujer a Chena.

La resolución de segunda instancia que revoca el fallo dictado contra Chena es cla­ramente una violación de los derechos constituciona­les, específicamente el artí­culo 256, y en consecuencia a los derechos a la dignidad, honor, reputación a la igual­dad entre el hombre y la mujer y la obligación del Estado de fomentar las leyes que prote­gen a la mujer, había señalado la abogada Margarita Hera­lesky al momento de presen­tar la acción de inconstitucio­nalidad.

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Igualmente, se deja constan­cia en la presente acción de inconstitucionalidad que la jueza Frutos, quien actuó en grado de apelación en este caso, se apartó del objeto de debate y del objeto de la ley de protección integral a la mujer porque aquí lo único que se debió estudiar es si existe o no violencia, y si esa violencia se configura con la conducta del denunciado, es decir, de Chena y en ninguna parte de la resolución de la magistrada Frutos se visualiza el análi­sis alguno de eso; es más, se apartó del análisis del debate.

FALLO DE PRIMERA INSTANCIA

La jueza de Paz Gloria Machuca encontró culpable al empresario Cristian Chena de haber cometido violencia contra la mujer, delito esta­blecido en la Ley 5777/16, cuya víctima es Gisele Zuni Mousques. De acuerdo al fallo judicial, Chena no podrá realizar publicaciones o refe­rirse a Mousques en sus redes sociales, medios digi­tales y otros similares, que sean de su propiedad, ya sea de manera directa o indi­recta durante 365 días, es decir, un año.

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