Debido al intenso calor que se registra actualmente en el país y teniendo en cuenta que la condición climática se extenderá durante la temporada de verano, la Secretaría Nacional de Deportes ha emitido la Resolución SND N.° 203/2023, que establece como medida de protección la no realización de actividades deportivas en horarios y jornadas de calor excesivo.

El ente rector del deporte paraguayo insta a las entidades deportivas nacionales, bajo el imperativo señalado en el art. 67 de la ley del deporte, que asuman el rol de velar por la salud de sus deportistas.

El documento suscrito por la máxima autoridad del deporte nacional establece, como medida de protección para el desarrollo de la práctica deportiva, evitar llevar a cabo actividades físicas y deportivas con exposición directa al sol entre las 10:00 y las 17:00; especialmente cuando la temperatura supere los 30 grados Celsius. En tal sentido, se refiere puntualmente al cuidado en la realización de actividades deportivas en predios al descubierto, y/u otras actividades físicas al aire libre que signifiquen exposición directa al sol. El documento, que tiene alcance nacional y rige desde la fecha, está dirigido a las actividades físicas a nivel profesional, no profesional, amateur y de escuelas deportivas.

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