“En nuestro país, las trabaja­doras deben superar obstáculos cotidia­nos en el desempeño de sus funciones laborales; esos obs­táculos tienden a complicarse aún más, cuando se trata de trabajadoras embarazadas; y es ahí donde el presente pro­yecto de ley quiere insertarse como protectora, brindando un resguardo a las trabaja­doras embarazadas”, dijo al respecto la diputada y pro­yectista, Carmen Giménez de Ovando (ANR).

El proyecto establece que las mujeres embarazadas tienen derecho a ausentarse de su lugar de trabajo, tanto del sector público como pri­vado, durante el tiempo que tome concurrir a las consul­tas de control, rutina o estu­dios adicionales durante el embarazo. Se estipula, igual­mente, que dichas ausen­cias se computarán como días trabajados a los efectos legales, no pudiendo ser des­contados del salario o remu­neración.

“Las trabajadoras embara­zadas deberán coordinar con el jefe o empleador pre­vio a las consultas a fin de no interrumpir, en lo posible, el normal funcionamiento de la entidad o empresa”, expresa otra parte del proyecto.

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AUSENCIAS JUSTIFICADAS

Se agrega también que las ausencias deben ser justifi­cadas, oportunamente, con la presentación del correspon­diente certificado o constan­cia expedida por el médico tratante en el cual debe cons­tar el nombre y apellido de la paciente embarazada, fecha y hora de la consulta, semana de embarazo, y tipo de con­trol o consulta.

Asimismo, se contempla que la Secretaría de la Función Pública, en el sector público, y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en el sector privado, debe­rán diseñar y aplicar estra­tegias de control para el efectivo cumplimiento de la presente ley.

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