Durante las últimas semanas se vieron casos de vulneración de los derechos de niños, niñas y adolescentes en casos como abandono, abusos sexuales, esclavitud y niños en situación de calle, donde las instituciones del Estado –encargadas de la niñez– tropezaban en problemas burocráticos o sobre si era o no competencia de una u otra institución actuar ante la situación.
En este sentido, la Dra. Lorena Segovia, defensora general, aclaró que la Defensoría de la Niñez y la Adolescencia es la que tiene la voz y la representación de la niñez en los procesos judiciales y que por lo mismo no se podría obviar su intervención dentro de los juicios.
“La Defensoría de la Niñez interviene en todos los casos en que exista una vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes y es justamente a efectos de verificar si existe esa vulneración para disponer medidas de protección o requerirlas al juzgado. Entonces, en esos casos interviene directamente la Defensoría de la Niñez”, aclaró Segovia en entrevista con “Show de noticias”, de GEN/Nación Media.
COMPETENCIAS Y ACCIONES CONJUNTAS
Respecto a las competencias de la Defensoría de la Niñez, señaló que la línea de actuación de la misma Defensa Pública es cuando existe una vulneración de los derechos de niños, niñas y adolescentes. El defensor o la defensora de turno debe presentarse al lugar donde se encuentra el niño y solamente después de verificar la asistencia o si necesita una judicialización. Si no se necesita la judicialización del caso, allí podría articular acciones con las otras instituciones.
“Tratamos de concienciar y de fortalecer dentro de la institución el argumento de las competencias. El ‘no es competencia de la Defensa Pública’ es excusa para que el defensor o la defensora de turno no asista al lugar. La línea de acción de la Defensoría Pública de la Niñez es que el defensor o la defensora de turno debe asistirle a ese niño, a esa niña y posteriormente analizar si se debe judicializar o no”, insistió.